Se hace presente que la
Resolución
N° 19, de 2020,
publicada en el Diario Oficial el 12 de febrero de 2020, establece la obligación
de declarar el Formulario 29 únicamente a través de Internet en la página web
del Servicio de Impuestos Internos, por lo ya no es posible modificar el
domicilio mediante este Formulario.
Antes de la Resolución N° 19, de 2020:
Sí, el actual Formulario 29 permite modificar el domicilio, puesto que en su
anverso contempla el Registro de Cambio de Antecedentes. En ningún caso esto lo
exime de la obligación de presentar, dentro del plazo de 2 meses contados desde que se produce la modificación de datos
tributarios de identificación, el Formulario 3239 electrónico de Modificación y Actualización de la Información para comunicar este tipo de modificación
tributaria.
Puede obtener mayor información
relativa a este tema en el sitio Web del SII, sección Ayuda, Peticiones
administrativas y otras solicitudes, Actualización de información, menú Ayudas,
opción "¿Cómo se hace para...?",
Modificar
y actualizar la información. Adicionalmente, esta materia puede ser
consultada en el menú Servicios online, Impuestos
mensuales,
Declaración mensual (F29), opción Ayudas.
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