PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Impuestos Mensuales F29 - F50 | Declaración de IVA | Antecedentes para confeccionar la declaración | Impuesto al Valor Agregado | Débito fiscal

 Pregunta   ID    001.030.2913.003  Fecha Creación de Pregunta 09/05/2005

¿Se benefician con la exención del Impuesto al Valor Agregado (IVA) las ventas efectuadas a personas que residen en Isla de Pascua, cuando compran en Santiago o regiones?


 Respuesta  Fecha Actualización de Respuesta  21/07/2010  

No se benefician con la exención del IVA, considerando que este régimen tributario sólo rige respecto de las operaciones que realicen los residentes en el territorio de la Isla de Pascua, según lo dispuesto en el artículo 4°, del Decreto Ley N° 1244, publicado en el Diario Oficial el 8 de noviembre de 1975.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Legislación, Normativa y Jurisprudencia, opción Jurisprudencia Administrativa, Oficio N° 1217, de 1996.

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