Sí, el Formulario 50 se puede declarar en
moneda extranjera (sólo en dólares y euros), ingresando al sitio Web del SII, sección
Servicios online, menú Impuestos mensuales, Declaración mensual (F50), opción
Declarar y pagar (F50).
Si es que no es posible realizar esta operación por Internet, se deberá concurrir a la oficina del SII correspondiente al domicilio comercial del contribuyente.
Puede obtener mayor información
relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y legislación, opción
Decreto Ley N° 830 sobre Código Tributario, o bien en la
Resolución
Exenta N° 27 y
Resolución
Exenta N° 43, ambas de 2009.
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