PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Impuesto de Timbres y Estampillas | Exenciones

 Pregunta   ID:   001.019.0375.010  Fecha de Creación:   04/09/2003

¿Quiénes pueden optar al beneficio del artículo 3° de la Ley N° 19.840, relativa a la exención del Impuesto de Timbres y Estampillas?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   11/11/2022

Podrán optar al beneficio del artículo 3° de la Ley N° 19.840 todas las personas naturales que suscriban documentos que den cuenta del otorgamiento de préstamos con garantía hipotecaria, o préstamos de enlace que se otorguen mientras se perfecciona la operación hipotecaria definitiva, en la medida que cumplan con los requisitos copulativos que exige dicha ley. 

Puede obtenerse mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, en Normativa y Legislación, menú Legislación Tributaria y Convenios Internacionales opción Legislación Tributaria Básica, Ley sobre Impuesto de Timbres y Estampillas. Adicionalmente esta materia puede ser consultada en la Circular N° 71, de 2002.