¿Una empresa chilena, que obtiene un préstamo en una institución financiera en el extranjero, por el cual firma un mutuo, debe pagar el Impuesto de Timbres y Estampillas por esta operación?
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Sí, una empresa chilena que obtiene un préstamo en una
institución financiera en el extranjero, por el cual firma un mutuo, debe pagar
el Impuesto de Timbres y Estampillas, devengándose el impuesto en los términos
que establece el artículo 14 de la Ley sobre Impuesto de Timbres y Estampillas.
Puede obtener mayor
información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y
Legislación, opción Circulares, específicamente en
Circular N°
41, de 1992.
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