PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Impuesto de Timbres y Estampillas | Auxiliar de registro de Impuesto de Timbres y Estampillas | ¿Cómo informar el libro auxiliar de registro al SII?

 Pregunta   ID:   001.019.4941.008  Fecha de Creación:   21/02/2007

¿Deben ser registrados e informados los documentos relacionados con operaciones exentas del Impuesto de Timbres y Estampillas en el Auxiliar de Registro de Impuesto de Timbres y Estampillas, creado por la Resolución Exenta N° 2, de 2005, complementada por las Resoluciones Exenta N° 140, de 2006, N° 87, de 2007 y N° 43, de 2008?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   09/11/2022

Sí, salvo los documentos y operaciones acogidas a exenciones, cuyo detalle es informado en otras Declaraciones Juradas, como es el caso de la exención establecida en el artículo 24, N° 11, de la Ley sobre Impuesto de Timbres y Estampillas, cuyo detalle debe ser informado en la Declaración Jurada N° 1855.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y Legislación, opción Resolución N° 2, de 2005 y Resolución N° 87, de 2007.