La normativa contempla
indicar el Rut o identificador de registro tributario extranjero (Tax id) del deudor o
acreedor
de la operación, o bien identificar a la persona que actúa como representante o responsable en Chile. En consecuencia, en todas las operaciones o documentos siempre
debería
identificarse al sujeto del impuesto. Si la información es enviada sin
especificar el Rut o Identificador Tributario Extranjero (Tax Id) para alguna operación,
ésta quedará como “observada”.
El
Formato de presentación se encuentra actualizado y publicado en el
sitio Web del SII, específicamente en el menú Declaraciones
Juradas, opción Declaración
Jurada de Impuesto de Timbres y Estampillas.
No
obstante lo anterior, si se presentan situaciones en que no se disponga de dicho antecedente, el
contribuyente podrá consultar a la Mesa de Ayuda Telefónica del SII (teléfono 2 3252 5575) y
buscar alguna
alternativa de solución.
Puede obtener mayor información
relativa a este tema en el sitio Web del
SII, menú Normativa y Legislación, opción Resolución
N° 2, de 2005 y
Resolución
N° 87, de 2007.
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