PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Impuesto de Timbres y Estampillas | Auxiliar de registro de Impuesto de Timbres y Estampillas | ¿Cómo informar el libro auxiliar de registro al SII?

 Pregunta   ID:   001.019.4973.007  Fecha de Creación:   22/02/2007

¿Es posible informar un código de país extranjero y dejar en blanco el campo identificador de registro tributario extranjero (tax id), en el Auxiliar de Registro de Impuesto de Timbres y Estampillas, creado por la Resolución Exenta N° 2, de 2005, y complementada por las Resoluciones Exenta N° 140, de 2006, N° 87, de 2007 y N° 43, de 2008?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   04/05/2023

Según lo establecido en el artículo 85 del Decreto Ley N° 830 sobre Código Tributario y la Circular N° 63, de 2001, este tipo de operaciones no puede ser informada en detalle cuando el emisor es un banco. Por ende, este tipo de operaciones debe informarse de manera globalizada; es decir, un solo registro que tenga los datos globales. Los campos del registro único deben ser llenados de la siguiente forma.

Rut deudor = Rut banco.
Tipo operación = 19.
Monto afecto = Monto total financiado para el mes (sólo giros y cargos a la línea durante el mes informado).
Fecha emisión = Primer día del mes que se está informando.
Fecha vencimiento = Último día del mes que se está informando.
Tasa = Promedio en función del monto afecto y del impuesto efectivamente pagado.
Monto Impuesto = Monto total de impuesto pagado para el mes por tipo de operaciones N° 19.

El Formato de presentación se encuentra actualizado y publicado en el sitio Web del SII, específicamente en el menú Declaraciones Juradas, opción Declaración Jurada de Impuesto de Timbres y Estampillas.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y Legislación, opción Resoluciones, específicamente en Resolución Exenta N° 2, de 2005.