Según lo establecido en el
artículo 85 del Decreto
Ley N° 830 sobre Código Tributario y la Circular
N° 63, de 2001, este tipo de operaciones no puede ser informada en detalle
cuando el emisor es un banco. Por ende, este tipo de operaciones debe informarse
de manera globalizada; es decir, un solo registro que tenga los datos globales.
Los campos del registro único deben ser llenados de la siguiente forma.
Rut deudor = Rut banco.
Tipo operación = 19.
Monto afecto = Monto total financiado para el mes (sólo giros y cargos a la
línea durante el mes informado).
Fecha emisión = Primer día del mes que se está informando.
Fecha vencimiento = Último día del mes que se está informando.
Tasa = Promedio en función del monto afecto y del impuesto efectivamente pagado.
Monto Impuesto = Monto total de impuesto pagado para el mes por tipo de
operaciones N° 19.
El Formato de presentación se encuentra actualizado y publicado en el sitio Web
del SII, específicamente en el menú Declaraciones Juradas, opción Declaración
Jurada de Impuesto de Timbres y Estampillas.
Puede
obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú
Normativa y Legislación, opción Resoluciones, específicamente en
Resolución
Exenta N° 2, de 2005.
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