PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Impuesto de Timbres y Estampillas | Auxiliar de registro de Impuesto de Timbres y Estampillas | ¿Cómo informar el libro auxiliar de registro al SII?

 Pregunta   ID:   001.019.4978.010  Fecha de Creación:   22/02/2007

¿Puedo declarar archivos en blanco o de -tipo sin movimiento- como declaración del Auxiliar de Registro de Impuesto de Timbres y Estampillas, creado por la Resolución Exenta N° 2, de 2005, complementada por las Resoluciones Exenta N° 140, de 2006, N° 87, de 2007 y N° 43, de 2008, cuando no tenga ninguna operación que informar durante los 6 meses que se deben declarar?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   04/05/2023

No, si no se ha efectuado ninguna de las operaciones aludidas en el período que debe ser informado, no debe declarar archivos en blanco del tipo “sin movimiento”, puesto que no tiene operaciones que deban ser declaradas.

El Formato de presentación se encuentra actualizado y publicado en el sitio Web del SII, específicamente en el menú Declaraciones Juradas, opción Declaración Jurada de Impuesto de Timbres y Estampillas.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y Legislación, opción Resoluciones, específicamente en Resolución Exenta N° 2, de 2005.