Sí, para poder rebajar dichos conceptos deben cumplir los requisitos generales de los desembolsos para que sean
considerados necesarios, es decir, que sean indispensables para desarrollar la actividad, que estén documentados debidamente, que correspondan al
período, pagados o adeudados.
Puede obtener mayor información
relativa a este tema en el sitio web del SII, sección Normativa y legislación, opción
Ley
sobre Impuesto a la Renta, específicamente el Artículo 31 y opciones
Circular N° 5 de 2018 y
Circular N° 53, de 2020.
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