PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Renta | Gastos tributarios | Gastos aceptados

 Pregunta   ID:   001.002.4438.007  Fecha de Creación:   31/08/2006

¿Constituye gasto aceptado el pago en dinero que realiza una empresa inmobiliaria, por acuerdo extrajudicial, a una persona para que desaloje un terreno que mantenía en forma ilegal?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   04/09/2023

Respuesta desde el año comercial 2020:

De acuerdo a la Ley 21.210 del 24 de febrero de 2020, que estableció modificaciones al Artículo 31 de la Ley de Impuesto a la Renta, admitiendo gastos que, si bien no tienen una vinculación directa con la obtención de rentas ni con el desarrollo de nuevos proyectos, igualmente dicen relación con la mantención de la actividad o negocio, como por ejemplo:

  • Gastos por defensa judicial o administrativa relativa al funcionamiento o a las operaciones del negocio o empresa.



Respuesta anterior al año comercial 2020:

No, ya que las sumas que se acuerden pagar para que una persona deje de cometer un acto ilegal, no son un gasto necesario para producir la renta, conforme a la normativa vigente al 31.12.2019.



Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, sección Normativa y legislación, opción "Legislación tributaria y convenios internacionales", "Legislación tributaria básica", Ley sobre Impuesto a la Renta, específicamente el Artículo 31; y en la misma sección, opción Circulares, "Circulares 2020", podrá encontrar la Circular 53 del 2020.