PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Renta | Gastos tributarios | Gastos aceptados

 Pregunta   ID:   001.002.7627.001  Fecha de Creación:   17/06/2020

¿Qué tipo de beneficios otorgan las donaciones que hacen los contribuyentes y con qué límite?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   05/03/2021

Los que se indican a continuación:

  •   Beneficios tributarios frente al impuesto a la renta: podrán deducir, el monto de dichas donaciones como gasto, concurriendo los requisitos establecido por el artículo cuarto de la Ley 21.207 de 2020.

  • Beneficios tributarios frente al impuesto a las ventas y servicios: las donaciones en especie o de servicios que se efectúen en conformidad a esta ley, no obstante que no se afectarán con los impuestos de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios,   contenida en el decreto ley N° 825 de 1974, no limitarán el derecho a uso del crédito fiscal del impuesto soportado o pagado en la adquisición de bienes o utilización de servicios que se destinen a las donaciones referidas. Además, no se aplicarán en este caso aquellas disposiciones de dicha ley o de su reglamento que obligan a la determinación de un crédito fiscal proporcional cuando se realicen operaciones exentas o no gravadas con dicho impue

  •   Beneficios tributarios para la donación de especies importadas: las importaciones de las especies donadas estarán liberadas de todo tipo de tributo, arancel aduanero, impuesto, derecho, tasa, cargo o cualquier otro cobro que les sea aplicable.

 Cada Mipyme que sea incorporada al Catastro Público podrá recibir donaciones por un máximo de 300 unidades tributarias mensuales durante la vigencia de los beneficios de esta ley. El exceso de las donaciones sobre dicho monto será un ingreso constitutivo de renta para la donataria.

 Para efectos de computar dicho límite, el monto de las donaciones se convertirá según el valor de la unidad tributaria mensual del mes en que se reciban.

Mayor información disponible en el sitio web del SII, sección Normativa y legislación, menú Resoluciones, opción Resolución 44 de 2020. Además, en el Portal del Ministerio de Economía para las Donaciones a Mipymes, especialmente el Decreto 27 de 2020, que aprueba Reglamento del régimen especial de donaciones para las Mipymes, establecido por el artículo cuarto de la Ley 21.207 de 2020.