Con el fin de acreditar las donaciones y gastos de
bienes, y/o de dinero, que se reciban en virtud de lo dispuesto en la siguiente
normativa legal:
·
Decreto Ley N° 1.939 de
1977
·
Ley Nº 19.896, en su
artículo 4º, y
·
Ley N° 16.282, en su
artículo 7°, cuyo texto fue refundido y sistematizado por el Decreto con Fuerza
de Ley N° 104 de 1977.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII,
sección Normativa y legislación, menú Resoluciones, opción
Resolución N° 49, modificada por la
Resolución N° 61, ambas del 2020, concordadas con la
Circular N° 32 del mismo año, sobre tratamiento tributario de gastos y
donaciones.
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