PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Renta | Gastos tributarios | Gastos aceptados

 Pregunta   ID:   001.002.7641.002  Fecha de Creación:   22/06/2020

¿Mediante qué declaración jurada deben los donatarios informar al Servicio de Impuestos Internos las donaciones recibidas en bienes o en dinero?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   08/03/2021

Deberá cumplirse a través de la presentación del Formulario de la Declaración Jurada N° 1832, y en un plazo no posterior, al 31 de enero del ejercicio siguiente en que se efectúe la donación, teniendo presente lo establecido en la normativa tributaria que se indica:

· Resolución Ex. SII N° 110 de 2004 y N° 106 de 2013, aplicables a las donaciones efectuadas al amparo del Decreto Ley N° 45 de 1973, y

· Resolución Ex. SII N° 98 de 2017, que hace aplicable la obligación de informar las donaciones efectuadas al amparo de la Ley N° 16.282.

El formato del señalado Formulario 1832, se encuentra publicado en el sitio web de este organismo www.sii.cl, sección Formularios.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, sección Normativa y legislación, menú Resoluciones, opción Resolución N° 49, modificada por la Resolución N° 61, Resolución N° 126 y Resolución N° 128, todas del 2020.  Adicionalmente, puede consultar la Circular N° 32 del 2020, sobre tratamiento tributario de gastos y donaciones.