PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Beneficio Tributario para personas con créditos con garantía hipotecaria | Situaciones especiales

 Pregunta   ID:   001.017.1416.009  Fecha de Creación:   25/05/2004

¿Las viviendas adquiridas en comunidad con crédito hipotecario, en las que existe un comunero señalado a través de una Declaración Jurada o escritura, puede ser cambiado y rebajar así los intereses del artículo 55 bis de la Ley de la Renta?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   06/09/2023

Las viviendas adquiridas en comunidad, con crédito hipotecario, en que existe un comunero designado para usar el beneficio tributario del 55 bis, no considera la posibilidad de cambiarlo, por lo que es imposible modificar la escritura que consigna al comunero, o bien presentar una nueva Declaración Jurada.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y Legislación, opción Circulares, en la Circular N°87 de 2001

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