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Marzo de 2012
Segunda Categoría para ese mes, (Ver tabla en sección VI).
Ejemplo 1.3: Si percibe Sueldo o Jubilación o Pensión o Montepío y
tiene algún beneficio Tributario: Intereses por créditos con ga-
rantía hipotecaria, APV y otros.
DESCRIPCIÓN
Si usted se encuentra en esta condición y ha estado afecto por dichas rentas al Impuesto Único
de Segunda Categoría y, además, tiene algunos de los siguientes beneficios tributarios, ver sec-
ción III:
• Intereses pagados por créditos con garantía hipotecaria.
• Rebaja por dividendos hipotecarios pagados por viviendas nuevas, acogidas al DFL N° 2,
de 1959.
• Fondos de inversión, adquiridas antes del 4 de junio de 1993.
• Ahorro Previsional Voluntario, efectuado directamente por el contribuyente.
• Inversiones del Artículo 57 bis de la Ley de la Renta.
a. Si este es su caso, recuerde que en www.sii.cl el SII pone a su disposición una propuesta
de declaración de renta, en base a lo declarado por sus agentes retenedores. Si luego de
revisarla Ud. está de acuerdo con la propuesta de Internet, podrá aceptarla y enviarla por ese
mismo medio (más información en sección IV y V).
Si no está de acuerdo con su propuesta, comuníquese con su(s) Agente(s)
Retenedor(es). Asegúrese de que éste rectifique los montos correctos y en 48 horas
tendrá una nueva propuesta.
b. Si usted desea declarar mediante formulario en pantalla, o hacer modificaciones a su pro-
puesta de declaración, lo invitamos a leer el siguiente ejemplo.
RECUERDE LAS INSTRUCCIONES QUE DEBE TENER PRESENTE AL DECLARAR POR
PANTALLA O MODIFICAR LA PROPUESTA DE DECLARACION
(Ver información en sección IV y V)
SITUACIÓN N° 1: SUELDO + INTERESES PAGADOS POR CRÉDITO HIPOTECARIO
ANTECEDENTES:
> Un trabajador dependiente, cuyas remuneraciones durante 2011 fueron: $12.000.000
> Monto retenido por concepto de Impuesto Único de Segunda Categoría: $ 300.000
> La entidad financiera donde mantiene su crédito hipotecario, informa que durante el año
comercial 2011, pagó intereses por deuda hipotecaria por $ 600.000.
DESARROLLO
• Los topes para el beneficio de los intereses contenidos en los dividendos, por créditos hipo-
tecarios se encuentran detallados en la Circular N° 87, de 2001.
• En caso que el contribuyente envíe su Declaración de Renta mediante formulario en pantalla
o electrónico, en el que deberá completar la información del formulario y calcula automática-
mente las líneas y códigos que se muestran a continuación:
Los montos marcados a continuación son los que usted debe completar, el
resto se calculan automáticamente…
1. En este caso, deberá completar los códigos que se indican a continuación:
◊ Línea 9, código 161:
Equivale a los sueldos percibidos, es decir, $12.000.000.-
◊ Línea 15, código 750:
Corresponde a rebaja por intereses pagados por créditos con garan-
tía hipotecaria, certificados por la institución financiera $ 600.000
◊ Línea 29, código 162:
corresponde al crédito por Impuesto Único de Segunda Categoría,
que se pago por los sueldos y retenido por la empresa $ 300.000
2. Luego, se completará en forma automática los siguiente recuadros:
◊ Línea 15, código 751:
Corresponde a rebaja por intereses pagados por créditos con garan-
tía hipotecaria, certificados por la institución financiera $ 600.000
◊ Línea 17, código 170:
Base Imponible de Global Complementario $ 11.400.000
◊ Línea 18, código 157:
Impuesto Global Complementario (Ver tabla en sección VI), se afecta
con el tramo del 5%, cuya rebaja es de $ 316.070,10 . El impuesto final corresponde a
$ 253.930
◊ Línea 29, código 162:
Impuesto Único de Segunda Categoría retenido $ 300.000.-
◊ Línea 34, código 304:
Impuesto Global Complementario y/o Débito Fiscal Determinado
$ ($ 46.070), diferencia negativa que corresponde a que el impuesto de la línea 18 es menor al
crédito de la línea 29.
◊ Línea 55, código 119, código 757:
Correspondiente a $ 46.070, monto proveniente de la
línea 34, originado de la línea 29 y cumplirse los requisitos de la línea 15, código 750.
◊ Línea 58, código 305= Línea 59, código 85 y Línea 61, código 87:
Resultado liquidación
anual y Devolución Solicitada, por $ 46.070.
Reciba antes su Devolución de Impuesto:
Recuerde solicitar su Devolución por medio de depósito bancario
SITUACIÓN N° 2: SUELDO + AHORRO PREVISIONAL VOLUNTARIO
ANTECEDENTES
> Un trabajador dependiente, cuyas remuneraciones durante 2011 fueron: $ 12.000.000.
> Las retenciones por concepto de Impuesto Único de Segunda Categoría alcanzaron los
$ 350.000.
> La AFP informa que el trabajador acumuló como Ahorro Previsional Voluntario durante el
año la cantidad de $300.000.
DESARROLLO
• Los topes para el beneficio del Ahorro Previsional, los puede consultar en la Circular N° 51,