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Marzo de 2013
causantes de asignación familiar.
> Además, la persona percibe sueldos durante 2012, por lo que la empresa que lo contrata
emite certificado N° 6, cuyos datos actualizados son:
o Sueldo, Imponible Tributable: $ 33.000.000.
o Impuesto Único de Segunda Categoría retenido: $ 3.700.000.
o Cotizó mensualmente por el límite imponible de 67,4 UF ($1.539.467) al 31.12.2012.
> El Certificado N° 20 emitido por una institución financiera con la que tiene crédito hipotecario
indica montos de intereses pagados en 2012, según Art. 55 bis de la LIR, por $ 3.870.000.
DESARROLLO
1. En este caso, deberá completar la información de los códigos que se indican en el Recua-
dro N° 1 Honorarios:
◊ Código 461:
Equivale al total bruto de la boleta recibida, es decir, $ 5.000.000.-
◊ Código 492:
Es el 10% del honorario por retención $ 500.000
◊ Código 494:
Corresponde al 30% de los $ 5.000.000, es decir, $1.500.000
Los recuadros que usted debe llenar, están destacados en un círculo.
Los otros son llenados automáticamente por el Sistema.
Recuadro N° 1, Propuesta Formulario N° 22 de Renta:
Luego, se completará, ingresando las rentas y en forma automática, las siguientes líneas y
códigos del formulario electrónico de declaración de impuesto anual a la Renta.
◊ Línea 9, código 161:
corresponde al sueldo imponible tributable $ 33.000.000
◊ Línea 15, código 750 y 751:
corresponde al siguiente cálculo:
o Compare el interés real pagado $ 3.870.000 y el tope máximo de intereses que se puede
rebajar (8 UTA = $ 3.859.776), debiendo considerar el monto menor (cuando la Renta Bruta
sea menor a 90 UTA $43.422.480). Las instrucciones y detalle de tramos de base imponible
los encuentra en Circular N° 87, de 2001.
o En el caso de utilizar la opción formulario electrónico, al utilizar el asistente de cálculo de
Rebaja por Intereses pagados por Créditos con Garantía Hipotecaria, según el Art. 55 bis, le
calculará y registrará automáticamente el monto que se debe rebajar.
◊ Línea 30, código 162:
corresponde Impuesto Único de Segunda Categoría retenido duran-
te el año 2012, por $ 3.700.000.
El resto de la información se completará en forma automática con los montos indicados a
continuación:
◊ Línea 6, código 110:
corresponde a lo determinado en el código 618 del Recuadro N° 1 por
$ 3.500.000
◊ Línea 13, código 158:
sumatoria de los códigos 110 y 161 $ 36.500.000
◊ Línea 17, código 170:
Diferencia entre los códigos 158 y 751 $ 32.640.224
2. Continuando con el llenado automático del formulario:
◊ Línea 18, código 157:
corresponde al Impuesto Global Complementario, calculado a partir
de la base imponible (línea 17, código 170) y de la tabla vigente para el Año Tributario 2013
para este impuesto (ver tabla en sección VI), la que indica que esta Renta pertenece al tramo
afecto con un 15 %, es decir, $ 32.640.224 x 15%= $ 4.896.033,6. A este valor se le resta la
rebaja establecida para dicho tramo, cuyo valor es $ 2.255.556,6, obteniendo como resultado
$ 2.640.477.
◊ Línea 35, código 304:
Diferencia entre códigos 157 y 162, por $ (1.059.523).
◊ Línea 53, código 198 y 611:
Las retenciones por boletas de honorarios del Recuadro N° 1
por $ 500.000.
◊ Línea 56, código 119 y 757:
Se traslada el monto de la línea 35 código 304 $1.059.523.
◊ Línea 59, códigos 900 y 901:
Dado que el contribuyente ya cotizó por el límite máximo
imponible anual por sus rentas como trabajador dependiente (67,4 UF x 12 x $22.840,75 =
$18.473.599), no corresponde efectuar cálculo de cotizaciones previsionales sobre sus rentas
como trabajador independiente.
◊ Línea 60, código 305:
Sumatoria de los códigos 611 línea 53 y 757 línea 56 por
$1.559.523.-
3. Por último:
◊ Línea 61, código 85 = Línea 63, código 87:
se registra automáticamente la devolución
solicitada por estas retenciones; vale decir, $ 1.559.523.
Reciba antes su Devolución de Impuesto:
Recuerde solicitar su Devolución por medio de depósito bancario en Cuen-
ta Corriente, Cuenta Vista o Cuenta de Ahorro.
Ejemplo N° 2.5: Rentas percibidas de Honorarios y Ahorro
Previsional