Page 411 - suplemento_tributario_de_renta_2013

Basic HTML Version

409
(2)
2da. Columna: Rebajas al Impuesto
: Por no existir ningún crédito a deducir del impuesto
a declarar en esta línea, la columna
"Rebaja al Impuesto"
se encuentra achurada.
(3)
Ultima Columna: Línea 41
: Anote en esta columna la cantidad que resulte de aplicar la
tasa del Impuesto Único de Primera Categoría, equivalente
al 18,5%,
sobre la cantidad
registrada como base imponible de dicho tributo en la primera columna de la Línea 41.
Finalmente, se hace presente que en la
Circular N° 68 de 2010,
publicada en Internet:
www.sii.cl, se contiene mayores instrucciones sobre la determinación de la base imponible
del Impuesto Único de Primera Categoría, tratamiento de los costos, gastos y desembolsos
asociados a las rentas afectas al referido gravamen y forma de registro en el
FUNT,
además,
de las instrucciones de las
Circulares Nºs. 8, de 1988, 59, de 1998, 21 del año 2000 y 48,
de 2012,
publicadas en Internet (
www.sii.cl
).
(4)
Los contribuyentes que se encuentren afectos a la tasa del 20% del Impuesto de Primera
Categoría en calidad de único a la renta, procederán en los mismos términos anteriormente
indicados para declarar la renta determinada en la Línea 40 anterior del F-22.
A continuación se formulan algunos ejercicios que ilustran sobre la determinación y declaración de
las rentas afectas al Impuesto Único de Primera Categoría, según sea el período en que se obtuvo la
renta durante el año comercial 2012.
EJERCICIO N°1
CONTRIBUYENTE QUE NO LLEVA CONTABILIDAD PARA ACREDITAR SUS RENTAS
PERÍODO: 01.01.2012 AL 31.08.2012
Tipo
de
Operación del
N°8 del Art.17
LIR
Fecha de la
Enajenación
del Bien
Precio de
Enajenación
del Bien
Precio
de
Adquisición
actualizado a
la fecha de la
enajenación
del bien
Mayor o
(Menor)
Valor
Reajuste al
31.12.2012
Mayor o
(Menor)
Valor
Actualizado
al 31.12.2012
%
Monto
Enajenación de
acciones según
letra a) del N°8
Art. 17
Abril 2012
$ 12.000.000
$ 8.000.000
$ 4.000.000 0,9%
$ 36.000
$ 4.036.000
Enajenación de
acciones según
letra a) del N°8
Art. 17
Mayo 2012
$ 15.000.000 $ 10.000.000 $ 5.000.000 0,8%
$ 40.000
$ 5.040.000
Enajenación de
acciones según
letra a) del N°8
Art. 17
Julio 2012
$ 9.000.000
$ 12.000.000 $(3.000.000) 1,1% $ (33.000) $ ( 3.033.000)
Totales
$ 36.000.000 $ 30.000.000 $ 6.000.000
$ 43.000
$ 6.043.000
Trasladar al
Código (628)
del Recuadro
N°2 F-22
Trasladar al
Código (630)
del Recuadro
N°2 F-22
Trasladar al
Código (636)
del Recuadro
N°2 F-22
Trasladar al
Código
(638)
del
Recuadro
N°2 F-22
Trasladar al Código
(874), (643) y (758)
del Recuadro N°2 y al
Código (905) Línea 41
F-22 y confeccionar
Recuadro
5
Reverso F-22
Si dicho Mayor Valor hubiere sido inferior o igual al límite de
$ 4.824.720 (10 UTA
Dic/2012),
estos contribuyentes estarían exentos del Impuesto Único de Primera Categoría,
sin trasladar al Código (905) de la Línea 41 el mayor valor determinado en el Código (643) y
(758) del Recuadro N°2 del F-22.