Page 483 - suplemento_tributario_de_renta_2013

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(2)-(3)-(4)=(5)
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(7)
(8)
(9)
(10)
(5) X (10)=(11)
(6) X (10)=(12)
(7) X (10)= (13)
(8) X (10)=(14)
(9) X (10)=(15)
Enero
Febrero
Marzo
Abril
Mayo
Junio
Julio
Agosto
Septiembre
Octubre
Noviembre
Diciembre
Totales
PERÍODOS
JUBILACIÓNO
PENSIÓN BRUTA
COTIZACIÓN
PREVISIONAL O
DESALUD DE
CARGO DEL
PENSIONADO
RENTA IMPONIBLE
AFECTA AL
IMPTO. ÚNICO DE
2° CAT.
REBAJA POR
CONCEPTO DEAPV
ACOGIDO AL
INCISO SEGUNDO
DEL ART.42 BIS DE
LA L.I.R. y
DEPÓSITOS
CONVENIDOS
ACOGIDOS al Art.
42 quater DELA
LIR.
MAYOR
RETENCIÓN DE
IMPTO.
SOLICITADA
ART.88 LIR
REBAJA POR ZONAS
EXTREMAS
(FRANQUICIA D.L. 889)
FACTOR
ACTUALIZACIÓN
RENTA TOTAL
EXENTA Y/O NO
GRAVADA
IMTO. ÚNICO
RETENIDO
MAYOR RETENCIÓN
DE IMPTO.
SOLICITADA
ART.88 L.I.R.
REBAJA POR
ZONAS EXTREMAS
(FRANQUICIA D.L.
889)
RENTA TOTAL
EXENTA Y/O NO
GRAVADA
IMPTO, ÚNICO
RETENIDO
MONTOS ACTUALIZADOS
RENTA AFECTA
AL IMPTO.
ÚNICO DE2° CAT.
La Institución de Previsión ............................................................................., certif ica que el Sr. ............................................................... RUT N ..................................................... , en su calidad de jubilado, pensionado o montepiado, según corresponda, durante el
año ......., se le han pagado las rentas que se indican y sobre las cuales se le practicaron las retenciones de impuestos que se señalan:
Institución de Previsión : …………………………………………………………………………………………
RUT N
: …………………………………………………………………………………………
Dirección : ............................................ ..................................................................
Giro o Actividad : ................................................... ...........................................................
CERTIFICADO SOBRE PENSIONES O JUBILACIONES Y OTRAS RENTAS SIMILARES
CERTIFICADO N …………………………………..
Ciudad y f echa …………………………………….
Se extiende el presente certif icado en cumplimiento de lo establecido en la Resolución Ex. N 6509 del Servicio de Impuestos Internos, publicada en el Diario Of icial de f echa 20 de Diciembre de 1993, y sus modif icaciones posteriores.
Nombre, N RUT y Firma del Representante Legal de la Institución de Previsión
(C) CANTIDAD A REGISTRAR EN EL CODIGO (611) DE ESTA LINEA 53
(1)
Si el contribuyente en el presente Año Tributario 2013 tiene derecho a rebajar un sólo tipo de
retenciones, cualquiera de ellas, su valor, además de registrarlo en los
Códigos (198) ó (54) de
la línea 53
, según corresponda, deberán anotarlo en el
Código (611)
de la citada línea para los
efectos de su imputación a los Impuestos Anuales a la Renta que afectan al contribuyente
declarante o solicitar la devolución de los eventuales excedentes que pudieran producirse. Ahora
bien, si el referido contribuyente en el citado año tributario tiene derecho a rebajar ambos tipos
de retenciones, junto con anotarlas en los Códigos pertinentes de la línea 53, deberá sumar
dichos valores, y el resultado obtenido registrarlo en el
Código (611)
para los mismos fines antes
indicados.
(2)
Se reitera que si los contribuyentes trabajadores independientes clasificados en el N° 2 del
artículo 42 de la LIR, por el año calendario 2012, han quedado obligados a efectuar cotizaciones
previsionales, conforme a las normas del D.L. N° 3.500, de 1980 y de la Ley N° 20.255, del año
2008, junto con registrar en este Código (611) de la Línea 53 la suma de las retenciones a que se
refieren los Códigos (198) y (54) de dicha línea, en primer lugar deben destinarlas a cubrir o
pagar la obligación previsional antes mencionada, para cuyo el efecto el valor registrado en el
citado Código (611) debe ser trasladado al Código (899) de la Línea 59.
Trasladar a Línea
53 (Código 54)
Form. Nº 22
MODELO DE CERTIFICADO N° 29, SOBRE PENSIONES O JUBILACIONES Y
OTRAS RENTAS SIMILARES