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(C) Impuesto General de Primera Categoría
Las
empresas individuales no acogidas a los artículos 14 bis y 14 ter de la Ley de la Renta
y
que no llevan contabilidad, que al término del ejercicio determinen una base imponible del
Impuesto General de Primera Categoría del artículo 20 de la Ley de la Renta, que no exceda de
$
482.472 (1 UTA)
, no están obligadas a presentar una declaración anual por concepto de dicho
tributo. Esta liberación no rige para aquellas empresas individuales que están obligadas a llevar
contabilidad y a practicar un balance general anual al término del período, las cuales deben
proporcionar la información contable y tributaria que corresponda, según se requiere en las
Secciones contenidas en el reverso del Formulario 22.
(D) Impuesto Adicional
Las Personas Naturales o Jurídicas,
sin domicilio ni residencia en Chile
, que sean accionistas
de sociedades anónimas y en comandita por acciones establecidas en el país, no están obligadas a
presentar una Declaración Anual de Impuesto en el caso en que sus rentas correspondan sólo a
dividendos percibidos durante el año 2012, ya que el impuesto Adicional que les afecta, en virtud
del N° 2 del artículo 58 de la Ley de la Renta, debió ser retenido por la respectiva empresa en el
momento de la distribución de los dividendos, de acuerdo a lo dispuesto por el N° 4 del artículo
74 de la ley antes mencionada.
VI.- INFORMACIÓN A CONTRIBUYENTES OBLIGADOS A PRESENTAR
UNA DECLARACIÓN ANUAL DE IMPUESTO A LA RENTA
Señor Contribuyente, si Ud. se encuentra en cualquiera de las situaciones analizadas en el
Capítulo anterior, no siga leyendo las instrucciones siguientes de este Suplemento Tributario,
ya que en tal caso, no se encuentra obligado a presentar una declaración anual de impuesto.
En este Capítulo se analiza el caso de los contribuyentes que están obligados a presentar una
Declaración Anual de Impuesto a la Renta, por no encontrarse en la situación de los
contribuyentes indicados en el Capítulo V anterior.
(A) Novedades Declaración de Renta 2013
Las principales novedades para el Proceso de Declaración de Renta 2013 son las siguientes:
1.
Formularios Nuevos sobre Declaraciones Juradas
Formulario
Materia
1829
Información a proporcionar al SII sobre Contratos de Derivados
regulados por la Ley N° 20.544, de 2011.
1900
Información a proporcionar al SII por las AFPs, sobre las
cotizaciones previsionales obligatorias efectuadas por los
trabajadores dependientes, independientes y pagos provisionales
por cotizaciones efectuadas.
1901
Información a proporcionar al SII por el ISP sobre trabajadores
independientes que fueron causante de asignaciones familiares o
maternales vigentes.