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Si usted no tiene instalado el Software Acrobat Readers presione la imagen "Bajar Adobe Reader". 1. Descripción del trámite paso a paso2. ¿A qué se refiere este trámite? 3. ¿Quiénes deben realizar este trámite? 4. ¿Cuándo se hace este trámite? 5. ¿Dónde se hace este trámite? 6. Requisitos para efectuar el trámite 7. Observaciones 8. Normativa relacionada al trámite 9. Preguntas frecuentes del trámite 10. Formularios relacionados al trámite | |||||||||||||||||
2. ¿A qué se refiere este
trámite? El contribuyente puede
presentar una solicitud de Revisión de la actuación Fiscalizadora (R.A.F.)
con el fin de corregir errores o vicios manifiestos presentes en las
siguientes actuaciones efectuadas por el Servicio de Impuestos
Internos: 2.1. Liquidaciones de
impuestos; 2.2. Giros de impuestos; 2.3. Resoluciones que incidan
en el pago de un impuesto o en los elementos que sirven de base para
determinarlo o que denieguen peticiones de devolución de sumas
ingresadas a que se refiere
el artículo 126 del Código Tributario.
3. ¿Quiénes deben realizar este
trámite? Los contribuyentes a los que se les haya notificado alguna de las actuaciones precedentemente indicadas, que estimen que se ha incurrido en vicios o, errores manifiestos o crean tener nuevos antecedentes para desvirtuar las observaciones o diferencias de impuestos determinadas, siempre que no sean de aquellos antecedentes que habiendo sido específicamente solicitados por el Servicio en la etapa de auditoría o revisión el contribuyente no los haya presentado, salvo que en este caso demuestre la imposibilidad de presentar el o los documentos con anterioridad. 4. ¿Cuándo se hace este trámite? El
contribuyente puede presentar la Revisión de la actuación fiscalizadora en
cualquier tiempo, sin embargo es conveniente efectuarla dentro del plazo
de 60 días hábiles contados desde la fecha de la notificación de la
actuación impugnada. Lo anterior, toda vez que el plazo para presentar el
respectivo reclamo transcurre en forma simultánea y por ende, transcurrido
éste sin haber presentado solicitud de revisión de la actuación
fiscalizadora, se extingue la posibilidad de presentar reclamo. Presentada
que sea una solicitud de revisión de la actuación fiscalizadora se
suspende el transcurso del plazo para ejercer la acción jurisdiccional el
que se reanudará en la fecha en que se notifique la resolución que pone
término al procedimiento de revisión. 5. ¿Dónde se hace este trámite? Este trámite se presenta en la
oficina que sirve de secretaría al Departamento u Oficina Jurídica de la
respectiva Dirección Regional o de la Dirección de Grandes Contribuyentes
o en la Unidad
del SII correspondiente al domicilio del contribuyente, dentro del
horario de atención de público. 6. Requisitos para efectuar el
trámite 6.1.-
Se
debe presentar el Formulario de
revisión de Actuación Fiscalizadora en original y dos copias. El
original debe estar firmado por el contribuyente, representante legal o
mandatario. 6.2.-
Se deberá exhibir el Rol Único Tributario o Cédula Nacional de Identidad
del solicitante o fotocopia
autorizada ante Notario Público. Si la solicitud es presentada por
el representante legal o un mandatario del contribuyente, además debe
exhibir el título en que conste su calidad de tal y su Cédula de Identidad
o fotocopia de ésta, autorizada
ante Notario Público. 6.3.- Se debe especificar claramente en el formulario la o las actuaciones impugnadas. En este sentido deberá indicarse el número y fecha de la liquidación, resolución o giro y las partidas y elementos impugnados, si corresponde. 6.4.- Se debe formular en forma clara, expresa y precisa, el vicio o error manifiesto que se señala existir en el acto, especificando los hechos, razones y peticiones en que consiste la solicitud. 6.5.- Se deben acompañar y precisar los documentos para fundamentar la petición.
8. Normativa relacionada al
trámite Decreto
ley Nº 830, sobre Código Tributario. 9. Preguntas frecuentes del
trámite Si desea mayor información, seleccione las preguntas frecuentes del trámite. 10. Formularios relacionados al
trámite Ud. Puede descargar desde el sitio web del SII el
formulario de Revisión de la
actuación fiscalizadora. Este formulario descargado desde el web puede
ser impreso y presentado en cualquier unidad del SII.
Para mayor información utilice el Buscador del SII |