SOLICITAR AUTORIZACION PARA EXPLOTAR MAQUINAS EXPENDEDORAS AUTOMATICAS CON EXENCION DE EMISION DOCUMENTOS

Importante: esta información que entrega el Servicio de Impuestos Internos, es sólo una guía de apoyo para los contribuyentes. Es deber de todo contribuyente leer la normativa vigente del SII.


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A continuación se entrega información para que los contribuyentes que deseen explotar máquinas expendedoras, que ya cuentan con la autorización del modelo por la Dirección Nacional, soliciten autorización a la Dirección Regional de su domicilio para que autorice la exención de emisión de documentos correspondiente.   

1.   Descripción del trámite paso a paso
2.   ¿A qué se refiere este trámite?
3.   ¿Quiénes deben realizar este trámite?
4.   ¿Cuándo se hace este trámite?
5.   ¿Dónde se hace este trámite?
6.   Requisitos para efectuar el trámite
7.   Observaciones
8.   Normativa relacionada al trámite
9.   Preguntas frecuentes del trámite
10. Formularios relacionados al trámite

 

2. ¿A qué se refiere este trámite?

Consiste en la solicitud que debe efectuar el contribuyente explotador de la máquina expendedora  ante el Dirección Regional correspondiente al domicilio de su casa matriz, la que debe comprender además el sellado y la emisión de la etiqueta respectiva, a fin de que mediante una resolución disponga la exención de la emisión de documentos y demás actuaciones relacionadas.

Es condición para ello, que el modelo de máquina expendedora, ya se encuentre autorizado por la Dirección Nacional, conforme al procedimiento administrativo respectivo.

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3. ¿Quiénes deben realizar este trámite?

El contribuyente que desarrolle una actividad económica clasificada en la Primera Categoría, afecta con Impuesto al valor Agregado, explotador de una o más máquinas expendedoras de productos o servicios afectos al IVA. 

 

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4. ¿Cuándo se hace este trámite?

La solicitud de exención de emitir boletas para máquinas expendedoras, se deberá efectuar por el contribuyente explotador de la máquina ante la Dirección Regional correspondiente al domicilio de su casa matriz, una vez que el modelo haya sido autorizado por la Dirección Nacional, y siempre antes de comenzar su explotación.

 

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5. ¿Dónde se hace este trámite?

La solicitud de exención de emitir boletas para máquinas expendedoras cuyos modelos ya se encuentren autorizados por la Dirección Nacional, se deberá efectuar por el contribuyente explotador de la máquina ante la Dirección Regional correspondiente al domicilio de su casa matriz, cumpliendo con los requisitos correspondientes, y haciendo uso del formulario 2117.

Con el objeto de facilitar la autorización de exención de emisión de documentos correspondiente, debe adjuntar una copia de la resolución de la Dirección Nacional que autorizó el modelo respectivo, la cual debe serle ser entregada por el fabricante, importador, representante o distribuidor de la máquina expendedora.  

 

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6. Requisitos para efectuar el trámite

El contribuyente explotador debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Contar con inicio de actividades como contribuyente de Primera Categoría y de IVA.

  • No haber sido denunciado o condenado en virtud de los N°s 4, 8, 9, 10, 20, 21, 22, 23 ó 24 del artículo 97° del Código Tributario, dentro de los últimos 24 meses contados hacia atrás desde la fecha de solicitud de la exención.

  • Presentar copia de la Resolución que autoriza al modelo de máquina, previamente autorizado por la Dirección Nacional de este Servicio.

  • Acreditar el dominio de las máquinas mediante factura de adquisición o la tenencia legítima mediante un acto o contrato que justifique su posesión. En el caso de los fabricantes, estos deberán respaldar la tenencia de las máquinas mediante la emisión de una guía de despacho que individualice el detalle de las máquinas, precios unitarios y destino o lugar de explotación. 

 

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7. Observaciones

  • En el caso que el contribuyente solicite la exención de la emisión de documentos por modelos no  autorizados deberá indicársele que previamente deberá acercarse a el fabricante, importador, representante o distribuidor de las máquinas que se desean autorizar para que ellos obtengan la autorización para dicho modelo en la Dirección  Nacional conforme a la Resolución Exenta SII N°63 del 30 de Junio del 2005.
  • Sólo debe presentarse la solicitud en la Unidad del SII, mediante el formulario 2117, una vez que la máquina haya sido autorizada por la Dirección Nacional del SII.

 

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8. Normativa relacionada al trámite

  • Decreto ley Nº 825, sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.

  • Resolución N°2301 de 1986 , que fija el procedimiento a seguir y señala los requisitos y obligaciones que deben cumplirse y los antecedentes que deben acompañarse respecto de Solicitudes Administrativas que menciona.

  •  Circular N°50 de 1986 , que da instrucciones sobre aplicación de la resolución Nº Ex. 2301 del 07.10.86 que fija el procedimiento a seguir y señala los requisitos y obligaciones que deben cumplirse y los antecedentes que deben acompañarse respecto de solicitudes administrativas que menciona.

  • Resolución N°63 del  2005 , que refunde y complementa los procedimientos de autorización que deben cumplir los contribuyentes que comercian y/o explotan máquinas expendedoras y delega facultades que Indica.


 

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9. Preguntas frecuentes del trámite

Si desea mayor información, seleccione las preguntas frecuentes del trámite

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10. Formularios relacionados al trámite

Disponible en el sitio web del SII (www.sii.cl) el Formulario 2117, para ser bajado, completado y luego presentarlo en la unidad del SII. La otra alternativa es solicitarlo directamente en la Unidad del SII más cercana a su domicilio. 

 

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DESCRIPCION PASO A PASO PARA LA AUTORIZACION
EXPLOTACION DE MAQUINAS EXPENDEDORAS DE PRODUCTOS
CON EXENCIÓN EMISION DE DOCUMENTOS



Obtenga desde el sitio web del SII el formulario 2117, o en las Unidades del Servicio de Impuesto Internos.

Llene cuidadosamente la solicitud  formulario 2117, cumpliendo  con  los requisitos establecidos en el punto 6.

La solicitud debe ser presentada en la Unidad del SII correspondiente al domicilio de la casa matriz , la que dictará la resolución que autoriza la explotación de la máquina expendedora y la exención de emisión de documentos.

 

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