Page 31 - Suplemento_Declaraciones_Juradas_2015

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Ediciones Especiales
diciembre de 2014
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contables, a nivel desagregado. Sin indicar totalizadores de cuenta.
24. En la columna “Efecto en Patrimonio (en pesos)” se deberá registrar la pérdida (con signo negativo) o ganancia acumulada que haya sido
reconocida directamente en el patrimonio neto, en pesos chilenos.
25. En la columna “Cuenta contable asociada al efecto en patrimonio” se deberá registrar el código de la cuenta contable asociada a lo informado
en la columna “Efecto en Patrimonio (en pesos)”, de acuerdo al plan de cuentas utilizado por el Declarante para la clasificación de sus registros
contables, a nivel desagregado. Sin indicar totalizadores de cuenta.
26. En la columna “Comisión pagada (en pesos)” se deberá registrar el monto total en pesos chilenos, de los ingresos /desembolsos (con signo
negativo) llevados a resultados durante el ejercicio informado, por concepto de comisiones. En caso de no existir comisiones pactadas en el
contrato, este campo deberá quedar en blanco.
27. En la columna “Prima total (en pesos)” en el caso de contratos de opciones, se deberá ingresar el monto total en pesos chilenos, de la prima
cobrada/pagada (con signo negativo). En el caso de otros tipos de contratos, este campo deberá quedar en blanco.
28. En la columna “Inversión inicial (en pesos)” se deberá registrar el valor total pagado (con signo negativo) o recibido por la suscripción del
contrato informado (situación análoga a la prima para el caso de la opción), en pesos chilenos. En el caso de contratos de opciones, este campo
deberá quedar en blanco.
29. En la columna “Otros gastos asociados al contrato (en pesos)” se deberán registrar, en caso de existir, otros gastos incurridos durante el ejercicio
asociados directamente al contrato informado, que sean distintos de primas y comisiones. Estos gastos deberán informarse en pesos chilenos.
30. En la columna “Otros ingresos asociados al contrato (pesos)” se deberán registrar, en caso de existir, otros ingresos obtenidos durante el ejercicio que
provengan de la aplicación del contrato, y que no se incluyan en los campos anteriores. Estos ingresos deberán ser informados en pesos chilenos.
31. La sección “Pagos al exterior efectuados en el ejercicio” se deberá completar de acuerdo a las siguientes instrucciones:
31.1. En la columna “Montos pagados o adeudados” se deberán registrar los montos pagados o adeudados al exterior, producto de contratos de
derivados celebrados con personas domiciliadas o residentes en el extranjero, en pesos chilenos.
31.2. En la columna “Modalidad de pago” se deberá indicar la forma de pago acordada, respecto de los montos informados en el campo “Montos
pagados o adeudados” anterior, de acuerdo a los siguientes códigos:
Código
Descripción
1
En dinero (efectivo, vales vista u otros equivalentes)
2
En acciones
3
En derechos sociales
4
En otras especies
32. En la columna “Saldo de garantías al cierre”, solo en el caso de contrato de futuros, informar el monto del saldo de la garantía vigente que no
haya sido utilizada y/o restituida, en pesos chilenos. Si el resultado es negativo, se deberá informar con signo menos. En el caso de otro tipo de
contratos de derivados, este campo deberá quedar en blanco.
CUADRO RESUMEN DE LA DECLARACIÓN
33. En el campo “Total Resultado del Ejercicio” se deberá registrar el monto total de la sumatoria de la columna “Resultado del ejercicio”.
34. En el campo “Total Efecto en Patrimonio” se deberá registrar el monto total de la sumatoria de la columna “Efecto en Patrimonio”.
35. En el campo “Total de datos informados” se deberá ingresar el número total de registros (operaciones) informados en la Sección B: Datos
de los contratos informados.
El incumplimiento a la obligación de presentar esta Declaración Jurada, o la presentación con información maliciosamente incompleta o falsa,
será sancionado en la forma prevista en el N°4 o N°5 del artículo 97 del Código Tributario, según corresponda.
Adicionalmente, cuando no se presente oportunamente esta Declaración Jurada o cuando se presente con información o antecedentes erróneos,
incompletos o falsos, los contribuyentes no podrán deducir las pérdidas o gastos provenientes de los derivados no declarados en forma oportuna,
o declarados en forma errónea, incompleta o falsa. En caso que de todas formas se deduzcan tales pérdidas o gastos se aplicará, según
corresponda, lo dispuesto por los artículos 33, número 1°, letra g), y 21 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
5.18. Declaración Jurada N° 1830
Declaración Jurada Anual sobre Donaciones para fines políticos, conforme a lo dispuesto en el Artículo 8° de la Ley N° 19.885
INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA N° 1830
1. Esta Declaración Jurada debe ser presentada por el Servicio Electoral, los Partidos Políticos y sus Entidades Recaudadoras, los Institutos
de Formación Política y los candidatos a ocupar cargos de elección popular por las donaciones en dinero recibidas de los contribuyentes de la
Primera Categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta, que declaren renta efectiva mediante contabilidad completa; todo ello de acuerdo a lo
dispuesto por el Artículo 8 de la Ley N° 19.885 de 2003.
Las donaciones informadas por el Servicio Electoral serán aquéllas calificadas de aportes de carácter reservado, según las normas de la Ley
N° 19.884.
Las donaciones informadas por los Partidos Políticos y sus Entidades Recaudadoras, los Institutos de Formación Política y los Candidatos a
ocupar cargos de elección popular serán aquéllas calificadas de aportes de carácter público, según las normas de la Ley N° 19.884.
2. Sección A: IDENTIFICACIÓN DEL DECLARANTE (SERVICIO ELECTORAL, PARTIDOS POLÍTICOS, INSTITUTOS DE FORMACIÓN
POLÍTICA, ENTIDADES RECAUDADORAS Y CANDIDATOS A OCUPAR CARGOS DE ELECCIÓN POPULAR)
En esta sección se debe identificar al declarante, es decir, quien recibió la donación. Se debe indicar el RUT, nombre o razón social, domicilio
postal, comuna, correo electrónico, número de fax y número de teléfono (en los dos últimos casos se debe anotar el número incluyendo su
código de discado directo).
3. Sección B: DATOS DE LOS INFORMADOS (DONANTE)
Columna “RUT Donante”: Especificar el RUT de quien realizó la donación. Si un donante realizó más de una donación, se debe repetir su N° de
RUT por cada una de las donaciones efectuadas.
Columna “Monto Actualizado Donación en Dinero ($)”: Se debe especificar el monto anual actualizado de las donaciones en dinero recibidas
durante el año comercial correspondiente por cada donante de aquéllos señalados en el N° 1 anterior, efectuada conforme a las normas del
Artículo 8° de la Ley N° 19.885.
El monto actualizado de la donación se determinará reajustando cada donación al 31 de diciembre del año en que se realiza la donación por los
factores de actualización que publica oficialmente el Servicio.
Columna “Fecha Recepción Donación”: Registrar la fecha en que fue recibida efectivamente la donación por parte del donatario. Columna
“N° de Certificado”: Debe registrarse el número o folio del Certificado emitido por el donatario o por el Servicio Electoral, por cada una de las
donaciones recibidas.
Columna “Tipo de Donación”: Debe indicarse si las donaciones recibidas son reservadas o públicas, de acuerdo a las definiciones de estos
conceptos establecidos por la Ley N° 19.884 de 2003. Si las donaciones son Reservadas se registrará la letra “R” y si son Públicas, la letra “P”.
4. CUADRO RESUMEN FINAL DE LA DECLARACIÓN
En el recuadro “Monto Actualizado Donaciones” se deberán anotar los totales resultantes de la suma de la columna “Monto Actualizado Donación
en Dinero ($)”.
En el recuadro “N° de Casos Informados” se deberá anotar el número total de casos que se están informando a través de la primera columna de
esta Declaración Jurada, los que deben numerarse correlativamente.
Por el solo hecho de enviar la Declaración Jurada, el declarante estará declarando el no haber realizado ningún tipo de contraprestación, en los
términos previstos en el Artículo 11 de la Ley N° 19.885 de 2003.
El retardo u omisión en la presentación de la declaración Jurada, será sancionado de acuerdo a lo dispuesto en el N° 15 del artículo 97 del
Código Tributario.
5.19. Declaración Jurada N° 1831
Declaración Jurada Anual sobre Aportes Recibidos por las OTIC
INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA N° 1831
1. La presente Declaración Jurada deberá ser presentada por los Organismos Técnicos Intermedios para Capacitación, por los aportes recibidos
durante todo el período comercial respectivo.
2. Sección A: IDENTIFICACIÓN DEL DECLARANTE
En esta sección deben señalarse los datos relativos a la identificación de los Organismos Técnicos Intermedios para Capacitación, indicando el
RUT, razón social, domicilio postal, comuna, correo electrónico, número de fax y número de teléfono (en los dos últimos casos se debe anotar el
número incluyendo su código de discado directo).