Ediciones Especiales
diciembre de 2014
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En el caso de rentas de fuente extranjera con tributación exclusiva en el país de origen, se debe registrar en esta columna valor cero.
4. Sección C: APLICACIÓN DEL CRÉDITO Y RESUMEN DE LA DECLARACIÓN
En esta Sección, el declarante debe registrar la aplicación de los créditos establecidos en los Artículos 41 A y 41 C de la Ley de Impuesto a la
Renta y el resumen de los datos registrados en esta declaración.
Sub-Sección “Aplicación de Créditos Sin Convenio de Doble Tributación”:
• Columna “Total de Tope Crédito del Ejercicio”: Registre el monto total de créditos por impuestos pagados en el extranjero obtenidos durante el
ejercicio anterior, con el tope que corresponda para cada renta, de acuerdo a lo informado en la Columna “Tope Crédito por Impuestos pagados
en el Extranjero”.
• Columna “Imputado a 1ª Categoría”: Registre el monto del crédito externo, efectivamente imputado durante el ejercicio, al Impuesto de Primera
Categoría.
• Columna “Transferido al Impuesto Global Complementario o Adicional de los Empresarios, Socios o Accionistas”: Registre el monto del crédito
externo que se traspasó como crédito en contra del Impuesto Global Complementario o Impuesto Adicional del empresario, socio o accionista
de la empresa inversionista.
Sub-Sección “Aplicación de Créditos Con Convenios de Doble Tributación”:
• Columna “Total de Tope Crédito del Ejercicio”: Registre el monto total de créditos obtenidos durante el ejercicio anterior, por impuestos pagados
en el extranjero, en países con los cuales Chile posee convenios para evitar la doble tributación, considerando el porcentaje tope establecido en
el inciso segundo del N° 1 del artículo 41 C de la LIR.
• Columna “Imputado a 1ª Categoría”: Registre el monto del crédito externo, efectivamente imputado durante el ejercicio, al Impuesto de Primera
Categoría.
• Columna “Transferido al Impuesto Global Complementario o Adicional de los Empresarios, Socios o Accionistas”: Registre el monto del crédito
externo que se traspasó como crédito en contra del Impuesto Global Complementario o Impuesto Adicional del empresario, socio o accionista
de la empresa inversionista.
Sub-Sección “Antecedentes de la Inversión”:
• Columna “Total Monto Actualizado de la Inversión Realizada Durante el Ejercicio”: Indicar el monto correspondiente a la suma de los montos de
la columna “Monto Actualizado de la Inversión Realizada Durante el Ejercicio” de la sección B de esta declaración jurada.
• Columna “Total Monto Actualizado de Inversión Acumulada al 31 de Diciembre”: Indicar el monto correspondiente a la suma de los montos de
la columna “Monto Actualizado de la Inversión Acumulada al 31 de Diciembre” de la sección B de esta declaración jurada.
Sub-Sección “Resultado de las Inversiones”:
• Columna “Total Dividendos, Retiros Percibidos, Intereses, Comisiones y Otros Beneficios”: Indicar el monto correspondiente a la suma de los
montos de la columna “Dividendos, Retiros Percibidos, Intereses, Comisiones y Otros Beneficios” de la sección B de esta declaración jurada.
• Columna “Total Utilidad o Pérdida Obtenida en la Enajenación de Acciones, Derechos, Cuotas u Otros Títulos”: Indicar el monto correspondiente
a la suma de los montos de la columna “Utilidad o Pérdida Obtenida en la Enajenación de Acciones, Derechos, Cuotas u Otros Títulos” de la
sección B de esta declaración jurada.
Sub-Sección “Impuestos pagados en el extranjero”:
• Columna “Total Impuesto a la Remesa en el Extranjero”: Registre el monto correspondiente a la suma de los montos de la columna “Impuesto
a la Remesa en el extranjero” de la sección B de esta declaración jurada.
• Columna “Total Impuesto a nivel de la empresa extranjera”: Registre el monto correspondiente a la suma de los montos de la columna “Impuesto
a nivel de la empresa extranjera” de la sección B de esta declaración jurada.
• Columna “Total Tope de Crédito por Impuesto pagado en el Extranjero”: Registre la suma de los montos de la columna “Tope Crédito por
Impuestos pagado en el Extranjero” de la sección B de esta declaración jurada.
• Columna “Total de Casos Informados”: Corresponde al número total de los casos que se están informando a través de la primera columna de
esta Declaración Jurada, los que deben numerarse correlativamente.
5.37. Declaración Jurada N° 1852
Declaración Jurada Anual sobre Agencias o Establecimientos Permanentes en el Exterior.
INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA N° 1852
1. La presente Declaración Jurada deberá ser presentada por los contribuyentes personas naturales o jurídicas con domicilio o residencia en
Chile que mantengan en el extranjero agencias o establecimientos permanentes; y las agencias o cualquiera otra clase de establecimientos
permanentes de contribuyentes sin domicilio ni residencia en Chile que operen en el país a los cuales les sean atribuibles agencias u otra clase
de establecimientos permanentes en el extranjero.
Esta información deberá presentarse con independencia de la fecha en que se constituyó la agencia o establecimiento permanente en el
extranjero, o si el contribuyente optó por inscribir la inversión respectiva en el Registro de Inversiones en el Extranjero, que para efectos del Art.
41A letra D) N° 2 de la LIR lleva el Servicio de Impuestos Internos.
2. Sección A: IDENTIFICACIÓN DEL DECLARANTE (INVERSIONISTA)
En esta sección deben señalarse los datos relativos a la identificación de los contribuyentes inversionistas, indicando su número de RUT, razón
social, domicilio postal, comuna, correo electrónico, número de fax y número de teléfono (en los dos últimos casos se debe anotar el número
incluyendo su código de discado directo).
3. Sección B: DATOS DE LOS INFORMADOS
Todos los montos deben ser declarados en pesos chilenos ($).
Sub-Sección “Antecedentes de las Agencias o Establecimientos Permanentes Receptores de la Inversión”:
• Columna “Nombre o Razón Social”: Indicar el nombre o razón social de la agencia o establecimiento permanente que se tiene en el
extranjero.
• Columna “Tax-ID”: Deberá registrarse en forma legible, cuando corresponda, el Código de Administración Tributaria o de Identificación que tiene
la agencia o establecimiento permanente en el país extranjero.
• Columna “Código País de Residencia”: Indicar la sigla del país en el cual se constituyó la agencia o establecimiento permanente, de acuerdo a
la lista que aparece en el Suplemento de Declaraciones Juradas del año tributario respectivo.
Sub-Sección “Antecedentes de la Inversión”:
• Columna “Monto Actualizado de la Inversión Realizada Durante el Ejercicio”: Indicar el monto correspondiente a la inversión realizada en el
ejercicio, debidamente actualizada al 31 de diciembre, de acuerdo con lo que al efecto dispone el Art. 41° N° 4 de la Ley de la Renta, ello en
conformidad a lo señalado por el Art. 41B N° 4 de este mismo texto legal.
• Columna “Monto Actualizado de la Inversión Acumulada al 31 de Diciembre”: Indicar el monto correspondiente a la inversión acumulada al 31
de diciembre, debidamente actualizada a la misma fecha, de acuerdo con lo que al efecto dispone el Art. 41° N° 4 de la Ley de la Renta, ello en
conformidad a lo señalado por el Art. 41B N° 4 de este mismo texto legal.
• Columna “Utilidad o (Pérdida) Percibida o Devengada Durante el Ejercicio”: Indicar el resultado obtenido por la agencia o establecimiento
permanente durante el ejercicio. El resultado de ganancias o pérdidas que obtengan se reconocerá en Chile sobre base percibida o devengada.
De acuerdo a lo dispuesto por el N° 1 del Artículo 41B de la Ley de la Renta, dicho resultado se debe determinar aplicando las normas sobre
determinación de la base Imponible de Primera Categoría dispuestas por este mismo texto legal, con excepción de la pérdida de ejercicios
anteriores establecida en el inciso segundo del N° 3 del Artículo 31° de la ley del ramo.
Sub-Sección “Resultados del Período”:
• Columna “Ingresos del Giro Percibidos o Devengados”: Anote los ingresos brutos percibidos o devengados que correspondan al giro del
establecimiento permanente, entendiéndose por éstos aquellos que provienen de la actividad habitual o normal que realiza la agencia o
establecimiento permanente según su objeto social, excluyendo todos aquellos ingresos que sean extraordinarios o esporádicos, como ocurre
con los originados en ventas de activo inmovilizado, ganancias de capital, etc., (este último en la medida que tales ingresos sean ajenos al giro
habitual o comercial que caracteriza a la agencia) los cuales se deben registrar en la columna “Otros Ingresos Percibidos o Devengados”.
• Columna “Costo Directo Bienes y Servicios”: Anote el costo directo contable que el establecimiento permanente determinó para la producción
o comercialización de los bienes o para la prestación de los servicios que constituyen su giro o actividad habitual y que rebajó de los ingresos
brutos. Las partidas consideradas como costo directo en este recuadro, no deben ser incluidas en ningún otro recuadro. Si no se determinó un
costo directo, anote los gastos, desembolsos o partidas que correspondan, en los recuadros restantes pertinentes.
• Columna “Otros Ingresos Percibidos o Devengados”: En este recuadro se anotan los demás ingresos brutos percibidos o devengados, que haya
obtenido el establecimiento permanente durante el ejercicio comercial correspondiente y que por su naturaleza no pudieron ser registrados en los
recuadros “Ingresos del Giro Percibidos o Devengados” o “Intereses Percibidos o Devengados”.
• Columna “Otros Gastos Deducidos de los Ingresos Brutos”: En este recuadro se anotan otros gastos, desembolsos o partidas no incorporados
en el recuadro “Costo Directo”, que hayan sido rebajados por el establecimiento permanente de los ingresos brutos por estimarlos necesarios
para producir la renta.
Sub-Sección “Intereses del Período”:
• Columna “Intereses Percibidos o Devengados”: Informar el monto total de intereses percibidos o devengados por la agencia o establecimiento
permanente.
• Columna “Intereses Pagados o Adeudados”: Informar el monto total de intereses pagados o adeudados por la agencia o establecimiento
permanente.
Sub-Sección “Agregados y Deducciones del Período”:
• Columna “Agregados a la Renta Líquida Imponible”: Indicar el monto total de los agregados a la Renta Líquida Imponible de la agencia o
establecimiento permanente de conformidad a las normas que establece la Ley Sobre Impuesto a la Renta.
• Columna “Deducciones a la Renta Líquida Imponible”: Indicar el monto total de las deducciones a la Renta Líquida Imponible de la agencia o
establecimiento permanente de conformidad a las normas que establece la Ley Sobre Impuesto a la Renta.
Sub-Sección “Impuestos en el Extranjero”:
• Columna “Impuesto Pagado”: Registre el monto de impuesto que haya pagado en el extranjero por la utilidad obtenida por la agencia.
• Columna “Impuesto Adeudado”: Registre el monto de impuesto que adeude en el extranjero por la utilidad obtenida por la agencia.
• Columna “Gastos Rechazados Afectos al Art. 21 de la LIR”: Indicar el monto total de los Gastos Rechazados de la agencia o establecimiento
permanente de conformidad a las normas que establece el artículo 21 de la Ley Sobre Impuesto a la Renta.
• Columna “Tope Crédito por Impuesto pagado o adeudado en el extranjero”: Registre para cada tipo de renta el monto de crédito máximo a
imputar en Chile, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 41A y 41C de la Ley sobre Impuesto a la Renta y/o el Convenio respectivo.
En el caso de rentas de fuente extranjera con tributación exclusiva en el país de origen, se debe registrar en esta columna valor cero.
4. Sección C: APLICACIÓN DEL CRÉDITO Y RESUMEN DE LA DECLARACIÓN
En esta sección, el declarante debe registrar la aplicación de los créditos establecidos en los Artículos 41A y 41C de la Ley de Impuesto a la
Renta.
Sub-Sección “Aplicación de Créditos Sin Convenio de Doble Tributación”:
• Columna “Total de Tope de Crédito del Ejercicio”: Registre el monto total de créditos por impuestos pagados en el extranjero, obtenidos durante
el ejercicio anterior, de acuerdo al tope de la tasa de Primera Categoría, establecida en el Art. 41ª, de la LIR.
• Columna “Imputado a 1ª Categoría”: Registre el monto del crédito externo, efectivamente imputado durante el ejercicio, al Impuesto de Primera
Categoría.
DECLARACIÓN JURADA ANUAL SOBREAGENCIAS O ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES EN EL EXTERIOR.
AÑO TRIBUTARIO 20
C0
F1852
FOLIO
SINCONVENIO DEDOBLE
TRIBUTACIÓN
C25
DECLARO BAJO JURAMENTO QUELOS DATOS CONTENIDOS EN EL PRESENTEDOCUMENTO SON LA EXPRESION FIEL DELA VERDAD, POR LO QUEASUMO LA RESPONSABILIDADCORRESPONDIENTE
C26
C31
C18
C38
C23
C30
TOTAL DECASOS
INFORMADOS
C33
RUT REPRESENTANTELEGAL
C35
C39
C20
C21
C27
C29
TOTAL DE
TOPEDE
CREDITO DEL
EJERCICIO
TOTAL INGRESOS
DEL GIRO
PERCIBIDOS O
DEVENGADOS
C28
TOTAL OTROS
INGRESOS
PERCIBIDOS O
DEVENGADOS
TOTAL OTROS
GASTOS DEDUCIDOS
DELOS INGRESOS
BRUTOS
TOPECREDITO POR
IMPUESTO PAGADO O
ADEUDADO EN EL
EXTRANJERO
C34
IMPUESTOS EN EL EXTRANJERO
TOTAL IMPUESTO
ADEUDADO
TOTAL
IMPUESTO
PAGADO
C32
C36
Sección C: APLICACIÓN DEL CREDITO Y RESUMEN DELA DECLARACIÓN
C3
C2
MONTO ACTUALIZADO DELA
INVERSIÓN ACUMULADA AL
31 DEDICIEMBRE
TOTALTOTAL
TOPECREDITO
POR IMPUESTO
PAGADO O
ADEUDADO EN EL
EXTRANJERO
APLICACIÓN DECRÉDITOS
RESULTADOS NO OPERACIONALES DEL
PERIODO
INTERESES DEL PERIODO
TOTAL GASTOS
RECHAZADOS
AFECTOS AL ART. 21
DELA LIR.
IMPUESTO
ADEUDADO
TOTAL INTERESES
PERCIBIDOS O
DEVENGADOS
IMPUTADO A 1°
CATEGORÍA
TOTAL DETOPEDE
CRÉDITO DEL
EJERCICIO
IMPUTADO A 1°
CATEGORÍA
TRANSFERIDO AL IMPTO.
GLOBAL COMPLEMENTARIO
O ADICIONAL DELOS
EMPRESARIOS, SOCIOS O
ACCIONISTAS
Sección A: IDENTIFICACIÓNDEL DECLARANTE
DOMICILIO POSTAL
COMUNA
DEDUCCIONES A LA
RENTA LÍQUIDA
IMPONIBLE
C14
C8
GASTOS
RECHAZADOS
AFECTOS AL ART. 21
DELA LIR.
Nº
MONTO
ACTUALIZADO DELA
INVERSIÓN
REALIZADA DURANTE
EL EJERCICIO
UTILIDADO PÉRDIDA
PERCIBIDA O
DEVENGADA
DURANTEEL
EJERCICIO
INGRESOS DEL GIRO
PERCIBIDOS O
DEVENGADOS
COSTO DIRECTO BIENES Y
SERVICIOS
OTROS INGRESOS
PERCIBIDOS O
DEVENGADOS
OTROS GASTOS DEDUCIDOS
DELOS INGRESOS BRUTOS
INTERESES PERCIBIDOS O
DEVENGADOS
INTERESES PAGADOS O
ADEUDADOS
C37
AGREGADOS A LA
RENTA LÍQUIDA
IMPONIBLE
IMPUESTOS EN EL
EXTRANJERO
ROL UNICO TRIBUTARIO
RAZON SOCIAL
IMPUESTO
PAGADO
CORREO ELECTRONICO
FAX
Sección B: DATOS DELOS INFORMADOS ( Antecedentes sobre el monto de la inversión y de las empresas o sociedades receptoras de la inversión)
RESULTADOS DEL PERIODO
INTERESES DEL PERIODO
C4
C6
C7
C11
C12
C13
NOMBREO RAZÓN
SOCIAL
CÓDIGO PAÍS DE
RESIDENCIA
ANTECEDENTES DELAS AGENCIAS O ESTABLECIMIENTOS
PERMANENTES RECEPTORES DELA INVERSIÓN
C1
AGREGADOS Y DEDUCCIONES DEL
PERIODO
C9
TELEFONO
C19
C17
C16
C15
TOTAL COSTO DIRECTO
BIENES Y SERVICIOS
RESULTADOS OPERACIONALES DEL PERIODO
TOTAL MONTO
ACTUALIZADO DELA
INVERSIÓN
REALIZADA DURANTE
EL EJERCICIO
TOTAL UTILIDAD O
PÉRDIDA PERCIBIDA O
DEVENGADA
DURANTEEL
EJERCICIO
ANTECEDENTES DELA INVERSIÓN
C5
ANTECEDENTES DELA INVERSIÓN
TAX – ID
CON CONVENIOS DEDOBLETRIBUTACIÓN
TOTAL MONTO
ACTUALIZADO DELA
INVERSIÓN
ACUMULADA AL 31
DEDICIEMBRE
C24
TOTAL
AGREGADOS A LA
RENTA LÍQUIDA
IMPONIBLE
AGREGADOS Y DEDUCCIONES DEL
PERIODO
C22
TOTAL DEDUCCIONES
A LA RENTA LÍQUIDA
IMPONIBLE
C10
TOTAL INTERESES
PAGADOS O
ADEUDADOS