Ediciones Especiales
diciembre de 2014
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En la columna “Nemotécnico SVS” deberá registrar el código asignado al instrumento de deuda, de acuerdo a las instrucciones para la codificación
de instrumentos de renta fija, impartidas por Circular 1085/1992 de la Superintendencia de Valores y Seguros y sus modificaciones posteriores.
El llenado de este valor es obligatorio por lo que el campo correspondiente no puede quedar en blanco o vacío.
En la columna “Interés Devengado (en pesos)” deberá registrar el monto de los intereses devengados, en pesos chilenos hasta el 30 de abril
de 2014 según Ley N°20.712, correspondiente al mandante o verdadero titular del instrumento de deuda de oferta pública. Cabe destacar que
respecto a los intereses devengados a partir del 01 de Mayo de 2014 se deberá informar en la Declaración Jurada N°1874
La determinación de dichos intereses, debe realizarse conforme a lo establecido en el inciso tercero, del N° 2, del artículo 20, de la Ley de la
Renta, cuyas instrucciones se impartieron en la Circular SII N° 42, del 10 de julio de 2009, complementada por Circular SII N° 2, del 06 de Enero
de 2010, ambas publicadas en Internet (www.sii.cl). En la columna “Retención/Liberación de Impuesto” se deberá informar si el mandante o
titular de los instrumentos está sujeto a la retención del impuesto a que se refiere el artículo 74 N° 7 de la LIR, o si el emisor quedó liberado de
practicarla por haber presentado el contribuyente la declaración jurada simple de acuerdo a lo instruido en la Res. Ex. SII N° 133 del 19 de Agosto
de 2010.Para tal efecto, deberá registrar el código que corresponda de acuerdo a la siguiente tabla:
Código
Descripción
1
Sujeto a Retención de Impuesto
2
Liberado de Retención
4. CUADRO RESUMEN DE LA DECLARACIÓN
En el campo “Cantidad Total de Datos Informados” ingrese la cantidad de registros que ha informado en la sección B de la declaración jurada.
En el campo “Monto Total Interés Devengado” ingrese la sumatoria de los valores de la columna “Interés Devengado (en pesos)” de la sección
B de la declaración jurada.
La no presentación de esta Declaración Jurada, su presentación tardía, incompleta o errónea, se sancionará de acuerdo a lo prescrito en el N°
15 del artículo 97 del Código Tributario.
5.36. Declaración Jurada N° 1851
Declaración Jurada Anual sobre Inversiones de Carácter Permanente en Sociedades Extranjeras
INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA Nº 1851
1. En la presente Declaración Jurada se deberán informar los siguientes tipos de inversiones en el exterior:
i.
Acciones, derechos, cuotas u otros títulos de participación en la propiedad o utilidad de una sociedad, comunidad, fondo de
inversión público o privado, patrimonio de afectación o fiduciario u otro vehículo de inversión colectiva con patrimonio distinto al
de sus partícipes o cualquier otra entidad constituida, o domiciliada en el exterior, en las cuales el inversionista participe directa o
indirectamente con cualquier porcentaje, incluyendo los casos en que se posea el 100% de las acciones, cuotas o derechos de la
entidad extranjera respectiva;
ii.
Bonos o debentures emitidos en el exterior; y cualquier crédito o préstamo otorgado a personas o entidades sin domicilio ni
residencia en Chile, incluyendo saldos deudores de cuentas corrientes mercantiles determinados al cierre del ejercicio;
iii.
Depósitos de dinero que se realicen en bancos, empresas o entidades sin domicilio ni residencia en Chile; y
iv.
Cualquier tipo de inversiones en bienes muebles o inmuebles situados en el exterior; o títulos o derechos respecto de los
mismos.
Están obligados a presentar esta declaración jurada:
a)
Los contribuyentes personas naturales o jurídicas con domicilio o residencia en Chile que mantengan en el extranjero las
inversiones señaladas anteriormente.
b)
Las agencias o cualquiera otra clase de establecimiento permanente de contribuyentes sin domicilio ni residencia en Chile
que operen en el país y a las que les sean atribuibles los resultados de las inversiones en el extranjero de aquellas señaladas
anteriormente.
Esta información deberá presentarse independientemente de si el contribuyente optó por inscribir la inversión respectiva en el Registro de
Inversiones en el Extranjero, que para efectos del Art. 41A letra D) N° 2 de la LIR lleva el Servicio de Impuestos Internos.
Los bancos estarán exceptuados de la obligación de informar las operaciones correspondientes a créditos de dinero y préstamos otorgados a
personas o entidades sin domicilio ni residencia en Chile y los depósitos de dinero que se realicen en bancos, empresas o entidades sin domicilio
ni residencia en Chile.
2. Sección A: IDENTIFICACIÓN DEL DECLARANTE (INVERSIONISTA)
En esta sección deben señalarse los datos relativos a la identificación del contribuyente inversionista, indicando su número de RUT, razón
social, domicilio postal, comuna, correo electrónico, número de fax y número de teléfono (en estos dos últimos casos se debe anotar el número
incluyendo su código de área de discado directo).
3. Sección B: DATOS DE LA INVERSIÓN.
Todos los montos deben ser declarados en pesos chilenos ($). Para efectos de su conversión, se deberá utilizar el tipo de cambio o paridad
vigente al 31 de diciembre respectivo, según publicación del Banco Central de Chile.
Sub-Sección “Antecedentes de las Inversiones”:
• Columna “Razón Social o Denominación de la Empresa, Sociedad, Fondo, Patrimonio o Entidad en que se Invierte”: Indicar el nombre, razón
social o denominación de la empresa, sociedad, patrimonio, o entidad en el extranjero de la que se tiene acciones, derechos, cuotas u otros
títulos de propiedad, o de la sociedad o entidad deudora o emisora de los bonos, debentures o créditos respectivos, o la receptora de los
depósitos; o la denominación de los bienes muebles o inmuebles ubicados en el extranjero, como por ejemplo “Predio Agrícola El manzano”,
“Edificio Consistorial”, “Yate Honolulú”, etc.
• Columna “Tax-ID”: Deberá registrarse cuando corresponda, el Código de Administración Tributaria o de Identificación que tiene la empresa,
sociedad, fondo, patrimonio o entidad en el país extranjero.
• Columna “Código País de Ubicación de la Inversión”: Indicar la sigla del país en el cual se encuentra constituida la empresa, sociedad, fondo,
patrimonio o entidad respectiva; o cuando corresponda, el país en que se encuentra ubicado el bien mueble o inmueble del cual se poseen
derechos u otros títulos, de acuerdo a la lista que aparece en el Suplemento de Declaraciones Juradas del año tributario respectivo.
• Columna “Tipo de Relación”: Indicar, cuando corresponda, el código del tipo de relación existente, o la de mayor preponderancia, entre el
declarante y la empresa o sociedad receptoras de inversión, de ahora en adelante la “Empresa”, donde las alternativas son:
Código
Tipo de Relación
1
Declarante participa directamente en la dirección, control, capital, utilidades o ingresos de la Empresa.
2
La Empresa participa directamente en la dirección, control, capital, utilidades o ingresos del declarante.
3
Declarante participa indirectamente en la dirección, control, capital, utilidades o ingresos de la Empresa.
4
La Empresa participa indirectamente en la dirección, control, capital, utilidades o ingresos del declarante.
5
Ambas partes se encuentran directamente bajo la dirección, control, capital, utilidades o ingresos de una misma persona o
entidad.
6
Ambas partes se encuentran indirectamente bajo la dirección, control, capital, utilidades o ingresos de una misma persona o
entidad.
7
Declarante es agencia, sucursal o cualquier forma de establecimiento permanente de la Empresa.
8
La Empresa es agencia, sucursal o cualquier forma de establecimiento permanente del declarante.
9
Declarante es persona natural, cónyuge de la Empresa.
10
Declarante es persona natural, con parentesco por consanguinidad o afinidad hasta cuarto grado de la Empresa.
11
Declarante lleva a cabo, directamente, una o más operaciones similares o idénticas a las efectuadas con la Empresa, con
partes relacionadas de ésta última.
12
Declarante lleva a cabo, indirectamente, una o más operaciones similares o idénticas a las efectuadas con la Empresa, con
partes relacionadas de ésta última.
13
La Empresa lleva a cabo, directamente, una o más operaciones similares o idénticas a las efectuadas con el declarante, con
partes relacionadas de éste último.
14
La Empresa lleva a cabo, indirectamente, una o más operaciones similares o idénticas a las efectuadas con el declarante, con
partes relacionadas de éste último.
15
La Empresa se encuentra constituida en un país o territorio incorporado en la lista referida en el N°2 del artículo 41 D de la
Ley de Impuesto sobre la Renta.
• Columna “Tipo de Inversión”: Indicar el tipo de inversión de que se trata, esto es: (1) Derechos sociales, (2) Acciones, (3) Cuotas, (4) Otros
derechos sobre la propiedad, control o utilidades de una sociedad, fondo, patrimonio o entidad constituida, formada o domiciliada en el exterior,
(5) Bonos o debentures emitidos por personas o entidades sin domicilio en Chile, (6) Créditos o préstamos otorgados a personas o entidades
sin domicilio ni residencia en Chile, (7) Saldos deudores de cuentas corrientes mercantiles determinados al cierre del ejercicio (8) Depósitos en
bancos o entidades sin domicilio ni residencia en Chile, (9) Inversiones en Bienes Inmuebles, y (10) Inversiones en Bienes Muebles.
• Columna “Monto Actualizado de la Inversión Realizada Durante el Ejercicio”: Indicar el monto correspondiente a la inversión realizada en el
ejercicio, debidamente actualizada al 31 de diciembre, de acuerdo con lo que al efecto dispone el Art. 41° N° 4 de la Ley de la Renta, ello en
conformidad a lo señalado por el Art. 41B N° 4 de ese mismo texto legal.
• Columna “Monto Actualizado de la Inversión Acumulada al 31 de Diciembre”: Indicar el monto correspondiente a la inversión acumulada al 31
de diciembre, debidamente actualizada a la misma fecha, de acuerdo con lo que al efecto dispone el Art. 41° N° 4 de la Ley de la Renta, ello en
conformidad a lo señalado por el Art. 41B N° 4 de este mismo texto legal.
Sub-Sección “Resultado de las Inversiones”.
En el caso de contribuyentes obligados a llevar contabilidad o que han optado por llevarla, las utilidades percibidas deben ser declaradas en sus
montos históricos, como ingresos brutos a la fecha de su percepción.
En el caso de contribuyentes no obligados a llevar contabilidad, los montos deben ser actualizados por la Variación del Índice de Precios al
Consumidor (VIPC) existente entre el último día del mes anterior al de su percepción y el último día del mes anterior al del cierre del ejercicio
respectivo.
• Columna “Dividendos, Retiros Percibidos, Intereses, Comisiones y Otros Beneficios”: Indicar el monto total de los dividendos, utilidades o retiros
percibidos; o en el caso de bonos, debentures, créditos o préstamos otorgados al exterior y saldos deudores de cuentas corrientes mercantiles,
o depósitos en el extranjero, indicar los intereses, comisiones y otros beneficios provenientes de las inversiones informadas, percibidos durante
el ejercicio.
• Columna “Utilidad o Pérdida Obtenida en la Enajenación de Acciones, Derechos, Cuotas u Otros Títulos”: Indicar el monto total de la utilidad o
pérdida obtenida en las enajenaciones de las inversiones en acciones, derechos y otros bienes a que se refiere esta declaración. Si el resultado
es negativo, anótelo entre paréntesis.
Sub-Sección “Impuestos Pagados en el Extranjero”:
• Columna “Impuesto a la Remesa en el Extranjero”: Registre el monto de impuesto que efectivamente haya pagado en el extranjero por las
utilidades, beneficios y rentas informadas, en cualquiera de las dos columnas anteriores o en ambas. En el caso de impuestos mensuales, incluir
la suma actualizada de dichos impuestos durante el año.
• Columna “Impuesto a nivel de la empresa extranjera”: Registre el monto de impuesto que efectivamente haya soportado o pagado en el
extranjero la empresa extranjera fuente del dividendo y/o retiro, de que se trate, de acuerdo a las normas establecidas en los artículos 41A y 41C
de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
En caso de crédito unilateral (sin convenio), si el impuesto soportado o pagado en el extranjero es igual o superior al Impuesto de Primera
Categoría en esta columna se debe registrar valor cero.
• Columna “Tope Crédito por Impuestos pagado en el Extranjero”, Registre para cada tipo de renta el monto de crédito máximo a imputar en
Chile, de acuerdo a lo dispuesto en el N° 6 de la letra D del artículo 41 A y el inciso segundo del N° 1 del artículo 41 C, ambos de la Ley sobre
Impuesto a la Renta y/o lo dispuesto en el Convenio respectivo, en el caso que en éste se hubiese establecido una tasa máxima igual o inferior
a la tasa establecida en las normas antes citadas, como impuesto aplicable en el Estado de la fuente, se deberá anotar el monto que resulte de
aplicar a la renta percibida dicha tasa.
F1851
FOLIO
DECLARACIÓN JURADA ANUAL SOBRE INVERSIONES DECARÁCTER PERMANENTEEN SOCIEDADES EXTRANJERAS
AÑO TRIBUTARIO 20
C0
DECLARO BAJO JURAMENTO QUELOS DATOS CONTENIDOS EN EL PRESENTEDOCUMENTO SON LA EXPRESION FIEL DELA VERDAD, POR LO QUEASUMO LA RESPONSABILIDADCORRESPONDIENTE
RUT REPRESENTANTELEGAL
C19
C10
C11
C15
C16
C23
C17
C18
C32
C26
IMPUTADO A 1°
CATEGORÍA
C33
C14
C24
C25
TOTAL DETOPE
CRÉDITO DEL
EJERCICIO
IMPUTADO A 1°
CATEGORÍA
TRANSFERIDO AL IMPTO.
GLOBAL COMPLEMENTARIO
O ADICIONAL DELOS
EMPRESARIOS, SOCIOS O
ACCIONISTAS
TOTAL MONTO
ACTUALIZADO DE
LA INVERSIÓN
REALIZADA
DURANTEEL
EJERCICIO
C30
C29
C4
C5
C6
C31
C20
C21
TOTAL DE
CASOS
INFORMADOS
TOTAL MONTO
ACTUALIZADO DELA
INVERSIÓN ACUMULADA
AL 31 DEDICIEMBRE
TOTAL DIVIDENDOS,
RETIROS
PERCIBIDOS,
INTERESES,
COMISIONES Y
OTROS BENEFICIOS
TOTAL UTILIDADO
PÉRDIDA OBTENIDA
EN LA ENAJENACIÓN
DEACCIONES,
DERECHOS, CUOTAS
UOTROS TÍTULOS
TOTAL IMPUESTO A
LA REMESA EN EL
EXTRANJERO
TOTAL IMPUESTO A
NIVEL DELA
EMPRESA
EXTRANJERA
C7
Sección B: DATOS DELOS INFORMADOS ( Antecedentes sobre el monto de la inversión y de las empresas o sociedades receptoras de la inversión)
RESULTADO DELAS INVERSIONES
IMPUESTOS PAGADOS ENEL EXTRANJERO
TOPECREDITO POR
IMPUESTO PAGADO ENEL
EXTRANJERO
Nº
TAX – ID
CÓDIGO PAÍS DE
UBICACIÓN DE
LA INVERSIÓN
TIPO DE
RELACIÓN
TIPO DE
INVERSIÓN
MONTO
ACTUALIZADO DELA
INVERSIÓN
REALIZADA DURANTE
EL EJERCICIO
MONTO ACTUALIZADO DELA
INVERSIÓN ACUMULADA AL 31 DE
DICIEMBRE
DIVIDENDOS,
RETIROS
PERCIBIDOS,
INTERESES,
COMISIONES Y
OTROS BENEFICIOS
UTILIDAD O PÉRDIDA OBTENIDA
EN LA ENAJENACIÓN DE
ACCIONES, DERECHOS, CUOTAS
UOTROS TÍTULOSS
IMPUESTO A LA
REMESA ENEL
EXTRANJERO
ANTECEDENTES DELAS INVERSIONES
Sección A: IDENTIFICACIÓN DEL DECLARANTE
ROL UNICO TRIBUTARIO
RAZON SOCIAL
C27
DOMICILIO POSTAL
CORREO ELECTRONICO
IMPUESTO A NIVEL DELA
EMPRESA EXTRANJERA
RESULTADO DELAS INVERSIONES
IMPUESTOS PAGADOS EN EL EXTRANJERO
TOTAL DETOPES DE
CREDITO POR
IMPUESTO PAGADO
EN EL EXTRANJERO
TOTAL DETOPE
CRÉDITO DEL
EJERCICIO
RAZÓN SOCIAL O DENOMINACIÓNDE
LA EMPRESA, SOCIEDAD, FONDO,
PATRIMONIO O ENTIDAD EN QUESE
INVIERTE
C28
TRANSFERIDO AL
IMPTO. GLOBAL
COMPLEMENTARIO O
ADICIONAL DELOS
EMPRESARIOS,
SOCIOS O
ACCIONISTAS
Sección C: APLICACIÓN DEL CREDITO Y RESUMENDELA DECLARACIÓN
APLICACIÓN DECRÉDITOS SIN
CONVENIO DEDOBLETRIBUTACIÓN
APLICACIÓN DECRÉDITOS CON CONVENIOS DEDOBLETRIBUTACIÓN
ANTECEDENTES DELA INVERSIÓN
C22
C2