Page 69 - Suplemento_Declaraciones_Juradas_2015

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Ediciones Especiales
diciembre de 2014
70
5.67. Declaración Jurada N° 1895
Declaración Jurada Anual sobre Retiros de Excedentes de Libre Disposición
F1895
DECLARACIÓN JURADA ANUAL SOBRERETIROS DEEXCEDENTES DE LIBRE DISPOSICIÓN
FOLIO
AÑO TRIBUTARIO 20
Sección A: IDENTIFICACIÓN DE LA INSTITUCIÓN AUTORIZADA DECLARANTE
Sección B: DATOS DE LOS INFORMADOS (Afiliado que realiza el retiro de excedente de libre disposición)
C35
DECLARO BAJO JURAMENTO QUE LOS DATOS CONTENIDOS EN EL PRESENTE DOCUMENTO SON LA EXPRESIÓN FIEL DELA VERDAD, POR LO QUE ASUMO LA RESPONSABILIDAD CORRESPONDIENTE
TOTAL DECASOS INFORMADOS
TOTAL DEL RETIRO DE
EXCEDENTEDELIBRE
DISPOSICIÓN,
ACTUALIZADO
ROL ÚNICO TRIBUTARIO
RAZON SOCIAL
ART. 42 TER (Exención 800
UTM)
ART. 42 TER (Exención
1200 UTM)
C3
C9
C11
FONDOS ENTERADOS A CONTAR DEL 7/11/2001
C7
FONDOS ENTERADOS
ANTES DEL 7/11/2001
FAX
TELEFONO
C30
C16
C19
C21
C22
C15
C31
C32
C34
C23
C24
C17
C14
RUT REPRESENTANTELEGAL
COMUNA
CORREO ELECTRONICO
DOMICILIO POSTAL
CO
C1
C2
C6
C5
RUT AFILIADO
REGIMEN DETRIBUTACIÓN (Marcar con una X)
Ex Art. 71 D.L. N° 3.500
NUMERO DECERTIFICADO
FOINDOS ENTERADOS
ENTRE EL 7/11/2001 Y EL
31/12/2010
FONDOS ENTERADOS A
CONTAR DEL 01/01/2011
QUEGOZARON DE
EXENCIÓN TRIBUTARIA
FONDOS ENTERADOS A
CONTAR DEL 01/01/2011
QUENO GOZARON DE
EXENCIÓN TRIBUTARIA
PROVENIENTEDEFONDOS
CON ANTIGUEDAD IGUAL O
SUPERIOR A 48 MESES
desde la det. del ELD
PROVENIENTEDEFONDOS
CON ANTIGUEDAD INFERIOR
A 48 MESES desde la det.
del ELD
IMPUESTO ÚNICO ESTABLECIDO EN EX
ARTÍCULO 71 DEL DECRETO LEY N° 3.500
RETENIDO EN EL EJERCICIO (SIN
ACTUALIZAR)
C13
FONDOS ORIGINADOS POR DEPOSITOS DEAHORRO
PREVISIONAL VOLUNTARIO, AHORRO PREVISIONAL
VOLUNTARIO COLECTIVO.
C26
C25
C27
C28
C29
FONDOS ORIGINADOS POR COTIZACIONES
OBLIGATORIAS
FONDOS ORIGINADOS POR COTIZACIONES VOLUNTARIAS
FONDOS ORIGINADOS POR DEPÓSITOS CONVENIDOS
FOINDOS ENTERADOS A
CONTAR DEL 7/11/2001
FONDOS ENTERADOS
ANTES DEL 7/11/2001
C33
FONDOS ENTERADOS
ANTES DEL 7/11/2001
FOINDOS ENTERADOS A
CONTAR DEL 7/11/2001
FONDOS ORIGINADOS POR COTIZACIONES
OBLIGATORIAS
TOTAL DEL RETIRO DE
EXCEDENTEDELIBRE
DISPOSICIÓN,
ACTUALIZADO
IMPUTACIÓN DEL RETIRO DEEXCEDENTES DELIBRE DISPOSICION, ACTUALIZADO
C12
PROVENIENTEDEFONDOS
CON ANTIGUEDAD IGUAL O
SUPERIOR A 48 MESES
desde la det. del ELD
PROVENIENTEDEFONDOS
CON ANTIGUEDAD INFERIOR
A 48 MESES desde la det.
del ELD
FONDOS ENTERADOS
ANTES DEL 7/11/2001
CUADRO RESUMEN TOTAL DELA DECLARACIÓN
IMPUTACIÓN DEL RETIRO DEEXCEDENTES DE LIBREDISPOSICION, ACTUALIZADO
FONDOS ENTERADOS
ANTES DEL 7/11/2001
PROVENIENTEDEFONDOS
CON ANTIGUEDAD INFERIOR
A 48 MESES desde la det.
del ELD
C4
PROVENIENTEDEFONDOS
CON ANTIGUEDAD IGUAL O
SUPERIOR A 48 MESES
desde la det. del ELD
PROVENIENTEDEFONDOS
CON ANTIGUEDAD INFERIOR
A 48 MESES desde la det.
del ELD
FONDOS ORIGINADOS POR DEPOSITOS DEAHORRO
PREVISIONAL VOLUNTARIO, AHORRO PREVISIONAL
VOLUNTARIO COLECTIVO.
IMPUESTO UNICO ESTABLECIDO EN EX
ARTÍCULO 71 DEL DECRETO LEY N° 3.500
RETENIDO EN EL EJERCICIO (SIN
ACTUALIZAR)
FONDOS ORIGINADOS POR DEPÓSITOS CONVENIDOS
FONDOS ENTERADOS A
CONTAR DEL 01/01/2011
QUENO GOZARON DE
EXENCIÓN TRIBUTARIA
PROVENIENTEDEFONDOS
CON ANTIGUEDAD IGUAL O
SUPERIOR A 48 MESES
desde la det. del ELD
FONDOS ORIGINADOS POR COTIZACIONES VOLUNTARIAS
FONDOS ENTERADOS
ANTES DEL 7/11/2001
FOINDOS ENTERADOS
ENTREEL 7/11/2001 Y EL
31/12/2010
FONDOS ENTERADOS A
CONTAR DEL 01/01/2011
QUEGOZARON DE
EXENCIÓN TRIBUTARIA
FONDOS ENTERADOS A CONTAR DEL 7/11/2001
INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA N° 1895
1. La presente Declaración Jurada deberá ser presentada por las Administradoras de Fondos de Pensiones e Instituciones Autorizadas, respecto
de sus afiliados que durante el año comercial que se informa hayan efectuado retiros de excedentes de libre disposición, excepto respecto de
aquéllos cuyo primer retiro de excedente de libre disposición haya sido efectuado antes del 07.11.2001.
2. Sección A: IDENTIFICACIÓN DE LA INSTITUCIÓN DECLARANTE
Se identificará a la Institución, indicando el RUT, nombre o razón social, domicilio postal, comuna, correo electrónico, número de fax y número
de teléfono (en los dos últimos casos se debe anotar el número incluyendo su código de discado directo).
3. Sección B: DATOS DE LOS INFORMADOS (AFILIADO QUE REALIZA EL RETIRO DE EXCEDENTE DE LIBRE DISPOSICIÓN)
Columna “RUT del Afiliado que Realiza el Retiro de E.L.D.”: Debe registrarse el RUT del afiliado que realizó el retiro de excedente de libre
disposición. La información deberá ser detallada por afiliado.
Columna “Régimen de Tributación”: Marque con una “X” el régimen de tributación a que se encuentren sujetos los retiros de excedentes de libre
disposición efectuados por el afiliado. Para tales efectos, utilice la primera columna “Ex-Art. 71 D.L
N° 3.500”, en el caso en que el afiliado, al efectuar el primer retiro de sus excedentes de libre disposición, haya manifestado su voluntad de
mantener el régimen establecido en el Ex-Artículo 71 del D.L. N° 3.500. Respecto del retiro de tales excedentes cuyos recursos se originen
en cotizaciones voluntarias efectuadas antes del 07.11.2001. En el caso de estos mismos afiliados, que además efectúen retiros de tales
excedentes, cuyos recursos se originen en cotizaciones obligatorias efectuadas antes del 07/11/2001, se debe también señalar en las dos
columnas siguientes “Art. 42 Ter (Exención 800 UTM)” o “Art. 42 Ter (Exención 1200 UTM)” el régimen de exención a que sujetará estos retiros
de excedentes.
En el caso en que el afiliado no ejerza su voluntad de mantener el régimen establecido en el Ex Artículo 71 del D.L. N° 3.500, respecto del
retiro de excedentes cuyos recursos se originen en cotizaciones voluntarias efectuadas antes del 07.11.2001, deberá indicar con una “X” en
las columnas “Art.42 Ter (Exención 800 UTM)” o “Art. 42 Ter (Exención 1200 UTM)” el régimen de exención a que sujetará éstos retiros de
excedentes.
Columna “Total del Retiro de Excedente de Libre Disposición, Actualizado”: Registre la suma anual de los retiros de excedentes de libre
disposición realizados por cada afiliado, debidamente actualizados. Para tales efectos, el monto mensual de tales retiros se actualizará al término
del ejercicio bajo la forma dispuesta por el inciso penúltimo del Artículo 54 de la Ley de la Renta; esto es, de acuerdo al porcentaje de variación
experimentado por el Índice de Precios al Consumidor en el período comprendido entre el último día del mes que antecede al del retiro y el último
día del mes de noviembre del año calendario respectivo.
Columna ”Imputación del Retiro de Excedentes de Libre Disposición, Actualizado”: Registre la imputación del retiro de excedente de libre
disposición, considerando para ello el tipo de cotización o depósito que originó el excedente y la fecha de su entero, es decir ,si fueron enterados
antes o después del 7 de noviembre del 2001. Para los retiros de excedentes de libre disposición provenientes de depósitos convenidos, deberá
separar aquellos que gozaron de la exención tributaria de 900 UF a que se refiere el Artículo 42 quáter de la LIR, de aquellos que no gozaron de
dicha exención, incluida la rentabilidad generada por tales recursos, que se hayan beneficiado con la liberación tributaria del Impuesto Único de
Segunda Categoría o del Impuesto Global Complementario por no exceder su monto del límite de 900 UF establecido en los artículos 20 del DL
N° 3.500/80 y 42 quáter de la LIR, los cuales se encuentran afectos al Impuesto Global Complementario; todo ello conforme a las instrucciones
contenidas en la Circular N° 63, de 2010, publicada en Internet (www.sii.cl). Además, registre la imputación de la parte del retiro originado
en recursos correspondientes a cotizaciones voluntarias, depósitos de ahorro previsional voluntario, Ahorro Previsional Voluntario Colectivo,
atendiendo a la antigüe- dad de los mismos, vale decir, si tales depósitos y/o cotizaciones fueron efectuados antes o después de los 48 meses
anteriores a la determinación del excedente de libre disposición.
Columna “Impuesto Único Establecido en Ex Artículo 71 del Decreto Ley N° 3.500 Retenido en el Ejercicio (Sin Actualizar)”: Registre la suma
anual, sin actualizar, del Impuesto Único establecido en el Ex Artículo 71 del D.L. N° 3.500, retenido por la AFP a cada uno de sus afiliados.
Columna “Número de Certificado”: Se debe indicar el número del Modelo de Certificado N° 23 con el que se le certificó a cada afiliado el monto
de sus retiros de excedentes de libre disposición, el cual deberá mantener una numeración correlativa y única.
Nota: Los montos deben ser expresados en pesos chilenos y actualizados previamente al término del ejercicio bajo la forma dispuesta por el
inciso penúltimo del artículo 54 de la Ley de la Renta, esto es, de acuerdo al porcentaje de varia ción experimentado por el índice de precios
al consumidor en el período comprendido entre el último día del mes que antecede al del retiro y el último día del mes de Noviembre del año
calendario respectivo,
4. CUADRO RESUMEN TOTAL DE LA DECLARACIÓN
Se deben anotar los totales que resulten de sumar los valores registrados en las columnas correspondientes.
El recuadro “Total de Casos Informados” corresponde al número total de los casos o RUT que se están informando a través de la primera columna
de esta Declaración Jurada, los que deben numerarse correlativamente.
5. El retardo u omisión de la presentación de esta Declaración Jurada, se sancionará de acuerdo con lo previsto en el Artículo 97 N° 15 del
Código tributario.
5.68. Declaración Jurada N° 1896
Declaración Jurada Anual sobre Créditos Hipotecarios, Dividendos Hipotecarios Pagados o Aportes Enterados y demás antecedentes
relacionados, con motivo de la adquisición de una Vivienda Nueva acogida a las Normas del D.F.L. N° 2 de 1959, con el fin de hacer uso
del Beneficio Tributario establecido en la Ley N° 19.622 de 1999.
F1896
FOLIO
AÑO TRIBUTARIO 20
Sección A: IDENTIFICACION DEL DECLARANTE
ROL UNICO TRIBUTARIO C1
DOMICILIO POSTAL
COMUNA
CORREO ELECTRONICO
FAX
Sección B: DATOS DELOS INFORMADOS (PERSONA NATURAL BENEFICIARIA DEL CREDITO HIPOTECARIO)
C11
DECLARO BAJO JURAMENTO QUE LOS DATOS CONTENIDOS EN EL PRESENTEDOCUMENTO SON LA EXPRESION FIEL DELA VERDAD, POR LO QUEASUMO LA RESPONSABILIDAD CORRESPONDIENTE
AL DIA ATRASADAS
RUT DEL
BENEFICIARIO
TIPO DE
OPERACION
ROL DELA
PROPIEDAD
COMUNA DELA PROPIEDAD
CANTIDAD DE
BODEGAS
CANTIDAD DE
ESTACIONAMIENTOS
SALDO
CREDITO
HIPOTECARIO
(U.F.)
MONTO
ACTUALIZAD
O DEL
DIVIDENDO O
APORTE
FECHA ENQUESEACOGIO AL BENEFICIO
TRIBUTARIO SEGUN DOCUMENTO NUMERO DE
CERTIFICADO
Nº CUOTAS PAGADAS
DURANTEEL AÑO POR
DIVIDENDOS O APORTES
CODIGO
C2
C3
DIA
MES
AÑO
NOMBRE
AL DÍA
RAZON SOCIAL
C10
C10
C10
C13
C14
C15
C11
C12
C6
C7
C8
C9
C19
C20
C17
SALDO
CREDITO
HIPOTECARIO
(U.F.)
TOTAL DECASOS
INFORMADOS
Nº CUOTAS PAGADAS DURANTEEL
AÑO POR DIVIDENDOS O APORTES
DECLARACIÓN JURADA ANUAL SOBRECRÉDITOS HIPOTECARIOS, DIVIDENDOS HIPOTECARIOS PAGADOS O APORTES ENTERADOS Y DEMÁS ANTECEDENTES RELACIONADOS, CONMOTIVO DELA ADQUISICIÓN DEUNA VIVIENDA NUEVA ACOGIDA
A LAS NORMAS DEL D.F.L. N° 2 DE1959, CON EL FIN DEHACER USO DEL BENEFICIO TRIBUTARIO ESTABLECIDO EN LA LEY N° 19.622 DE1999.
ATRASADAS
MONTO ACTUALIZADO DEL
DIVIDENDO O APORTE ($)
C4
CUADRO RESUMEN FINAL DELA DECLARACION
RUT REPRESENTANTELEGAL
C16
C18
INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA Nº 1896
1. Esta Declaración Jurada debe ser presentada por los Bancos, Instituciones Financieras, Agentes Administradores de Créditos Hipotecarios
Endosables a que se refiere el Título V del D.F.L. N° 251 de 1931 (Ex-Art. 21 bis), las Sociedades Inmobiliarias propietarias de viviendas que
pueden darse en arrendamiento con promesa de compraventa señaladas en el Título II de la Ley N°19.281 de 1993, las Cooperativas de
Viviendas y cualesquiera otras empresas o personas que intervengan en el financiamiento de la adquisición de la vivienda, que operen en el
país, respecto de los dividendos hipotecarios o aportes que las personas naturales con domicilio o residencia en el país, paguen o enteren, según
corresponda, a dichas entidades en cumplimiento de las obligaciones hipotecarias contraídas con motivo de la adquisición de una vivienda nueva
acogida a las normas del D.F.L. N° 2 de 1959; todo ello conforme a las disposiciones de la Ley N° 19.622, publicada en el Diario Oficial el 29 de
julio de 1999, modificada por la Ley N° 19.768, publicada en el Diario Oficial el 07 de noviembre de 2001.
La rebaja máxima por adquisición de viviendas acogidas al D.F.L. N° 2 a efectuar en el Año Tributario 2015 corresponde a 10 UTM, 6 UTM ó 3
UTM por el número de cuotas pagadas en el año, según sea el período en el cual el contribuyente se acogió al beneficio, y con un máximo de
12 cuotas pagadas al día y hasta 12 cuotas pagadas con un atraso no superior a 12 meses, según instrucciones contenidas en Circular N° 88
de fecha 10 de diciembre de 2001.
2. Sección A: IDENTIFICACIÓN DEL DECLARANTE (BANCO, INSTITUCIÓN FINANCIERA, AGENTES ADMINISTRADORES DE CRÉDITOS
HIPOTECARIOS ENDOSABLES O INSTITUCIONES SEÑALADAS EN EL ART. 1° DE LA LEY N° 19.281 DE 1993, MODIFICADA POR LA
LEY N° 19.768 DE 2001)
En esta sección deben señalarse los datos relativos a la identificación del declarante, indicando el RUT, razón social, domicilio postal, comuna, correo
electrónico, número de fax y número de teléfono (en los dos últimos casos se debe anotar el número incluyendo su código de discado directo).
3. Sección B: DATOS DE LOS INFORMADOS (PERSONA NATURAL BENEFICIARIA DEL CRÉDITO HIPOTECARIO)
Columna “RUT del Beneficiario”: Debe registrarse el N° de RUT de la persona beneficiaria que efectuó el pago de los dividendos hipotecarios o
enteró los aportes, según corresponda.
Columna “Tipo de Operación”: Se debe indicar si el tipo de operación corresponde a créditos hipotecarios, mutuos hipotecarios o contratos de
arrendamiento de viviendas con promesa de compraventa normados por la Ley N° 19.281, de acuerdo a la siguiente clasificación:
CH
:
Crédito Hipotecario Adquisición Vivienda
MH
:
Mutuo Hipotecario Adquisición Vivienda
CA
:
Crédito Hipotecario Auto Construcción
MA
:
Mutuo Hipotecario Auto Construcción
PC
:
Contrato de Arrendamiento con Promesa de Compraventa
Columna “Rol de la Propiedad”: Se debe indicar el Rol de la propiedad asociada al crédito hipotecario.
Columna “Comuna de la Propiedad”: Se debe indicar el “Código” y “Nombre” de la comuna en que se encuentra ubicada la propiedad.
Columna “Cantidad de Bodegas”: Se debe indicar la cantidad de bodegas de la propiedad informada.
Columna “Cantidad de Estacionamientos”: Se debe indicar la cantidad de estacionamientos de la propiedad informada. Columna “Saldo Crédito
Hipotecario (U.F.)”: Indicar el saldo del crédito hipotecario otorgado por la Institución que corresponda expresado en U.F. en los casos de mutuos
y créditos hipotecarios.
Columna “MontoActualizado del Dividendo oAporte”: Indicar el monto en pesos ($) y debidamente reajustado por los factores de actualización publicados
por el SII, de acuerdo a cada mes, de las cuotas o de los dividendos hipotecarios pagados o de los aportes enterados a las Instituciones o entidades
anteriormente indicadas, en cumplimiento de sus obligaciones hipotecarias contraídas con motivo de la adquisición de una vivienda nueva acogida a las
normas del D.F.L. N° 2 de 1959, conforme a las instrucciones impartidas mediante Circular del SII N° 46 de 1999.
Columna “Fecha en Que se Acogió al Beneficio Tributario Según Documento”: Indicar la fecha en que se acogió al beneficio tributario según el
instrumento público de que se trate, todo ello de acuerdo al inciso final del Artículo 1° de la Ley N° 19.622 de 1999.
Columna “Número de Certificado”: Indicar el folio o número del Certificado que la Institución respectiva emite a la persona natural, informando el
monto de los dividendos hipotecarios pagados o los aportes enterados, según corresponda.
Columna “N° de Cuotas Pagadas Durante el Año por Dividendos o Aportes”: Indicar el número de cuotas pagadas durante el año por concepto
de dividendos o aportes, informando separadamente las que correspondan a cuotas pagadas al día o adelantadas y/o a cuotas con un retraso
de hasta 12 meses anteriores.
4. CUADRO RESUMEN FINAL DE LA DECLARACIÓN
Se deben anotar los totales que resulten de sumar los valores registrados en las columnas correspondientes.