Operación Renta 2018

Renta es más fácil si la hacemos juntos

Ya puedes autocorregir tu declaración de Renta

Sigue estos pasos para Autocorregir tu declaración

Consulta Estado

Paso 1

Ingresa a la opción
“Consulta Estado” e identifica qué observaciones presenta tu declaración, accede a una descripción de cada una y a orientación sobre cómo solucionarla.

Autocorrección

Paso 2

Luego accede a Autocorregir tu declaración.

Confirma

Paso 3

Es importante que después revises tu situación en Consulta Estado, ya que inmediatamente te confirmaremos si tu rectificación fue aceptada.

Ten en cuenta que

Si se generó un giro por diferencias de impuesto, puedes pagarlo en línea en la opción Pago de Giros y Estado de Pagos Pendientes.

Si tu rectificación fue aceptada, y el total o parte de tu devolución estaba retenida, la recibirás en un plazo estimado entre dos y cuatro semanas.

Considera que tendrás que acudir a la oficina correspondiente a tu domicilio si:


Tienes situaciones pendientes con el Servicio (observaciones F01 y/o F23), para resolverlas antes de autocorregir tu declaración en línea.


Tu rectificación implica un aumento en la devolución solicitada o disminución en el pago realizado.


Existen diferencias entre tu declaración y la información presentada por tu agente retenedor o informante, las que no pudiste solucionar directamente con ellos, y tienes antecedentes para justificar tu posición.

¿No presentaste tu
Declaración de Renta?

Aún puedes hacerlo ingresando a Declarar Renta. Recuerda que, al declarar en línea, accederás a una condonación del 70% de las multas e intereses por presentar tu declaración fuera de plazo.

Si tienes que corregir una DJ para solucionar la observación en tu Declaración de Renta, no estás solo, te ofrecemos nuestros asistentes para rectificarla:

Una vez rectificada la información de tu DJ ya puedes autocorregir, sin embargo la observación se eliminará en un plazo estimado de una semana.

Renta Atribuida

Te asistimos para completar las nuevas DDJJ 1923,1938 y 1940

14 Ter

Te entregamos una propuesta de DJ 1924, la que puedes actualizar con tu información

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Ayudas y Ejemplos

Aquí encontrarás información práctica que te apoyará en la presentación de las Declaraciones Juradas

Te ayudamos con las observaciones más frecuentes:

Para saber más detalles de cada observación accede a un completo listado de códigos, con la descripción y orientación que necesitas.

Si tienes las observaciones A01, A08 o A85, puede ser que estés en alguno de los siguientes casos:

    Los ingresos declarados en tu Formulario 22 no son consistentes con tus:

  • Declaraciones Mensuales (Formularios 29)
  • Documentos Tributarios Electrónicos
  • Declaraciones Juradas

Si este es el caso, revisa los antecedentes, y si corresponde, puedes desde ya rectificar la información enviada al SII en tus Declaraciones Mensuales de Impuesto (Formulario 29), Declaraciones Juradas, y/o verificar tus documentos electrónicos. De esta forma, estarás listo para autocorregir tu declaración de Renta.

Revisa estos ejemplos

Si tu observación es la F34 es porque dejaste de cumplir con los requisitos de Renta Presunta o te retiraste voluntariamente de este régimen durante el 2017, por lo que te corresponde declarar bajo el Régimen General o Régimen de Tributación Simplificada (14ter), si cumples los requisitos.

Algunos de los requisitos para poder declarar con Renta Presunta son:

Ingreso máximo anual en UF para permanecer en el régimen:

Agricola 9000
Transporte 5000
Mineria 17000

Tipo de Persona Jurídica que pueden acceder a este régimen:

Empresas Individuales

Empresas Individuales de Responsabilidad Ltda.

Comunidades

Cooperativas

Sociedades de Personas

Sociedades por Acciones


Los tipos de sociedades nombrados deben estar conformadas en todo momento por personas naturales.

Si aún no has presentado tus DDJJ o necesitas rectificarlas, recuerda que puedes optar a una condonación del 70% de las multas al hacerlo en sii.cl

Ingresa aquí para realizar o rectificar tus Declaraciones presentadas.

Envía o corrige

Dale seguimiento a cada una de tus Declaraciones presentadas.

Consultar el estado