CIRCULAR N°52 DEL 10 DE SEPTIEMBRE DEL 2002
Por la presente Circular, se pone a
disposición de las Unidades Operativas del Servicio, la Tabla para el cálculo de
reajustes e interés penal a que se refieren los incisos 1º y 3º del Art. 53 del Código
Tributario y de la multa que establece el Nº 11 del Art. 97 del mismo cuerpo legal,
aplicables en los casos de omisión de los Pagos Provisionales Mensuales (P.P.M.) a que se
refiere el Párrafo 3º del Título V de la Ley de Impuesto a la Renta, cuando se
encuentra cumplida la obligación anual. La Tabla mencionada, deberá aplicarse
durante el año 2002 para el cálculo y determinación de los conceptos anotados, en las
liquidaciones y/o giros confeccionados en el período conforme a las instrucciones
impartidas en las Circulares Nºs.102 y 117, ambas de 1975. Saluda a Ud, JUAN TORO RIVERA DIRECTOR DISTRIBUCIÓN: ANEXO: |