MODIFICACIONES PARCIALES AL FORMULARIO 29, A PARTIR DEL 1° DE FEBRERO DE 2006


  • Cambios afectan a un número reducido de contribuyentes-agentes económicos, principalmente de la minería y usuarios de derechos de agua.

  • Se mantiene estructura del formulario, por bloques de impuestos.

  • Se modifica el color para facilitar la identificación de la versión en uso a contar del 1° de febrero del 2006.

El Servicio de Impuestos Internos (SII) informa que ha introducido ciertas modificaciones al Formulario 29 de Declaración Mensual y Pago Simultáneo, las cuales comenzarán a operar a partir del 1 de febrero de 2006 y que afectan a un número reducido de contribuyentes-agentes económicos, principalmente de la minería, usuarios de derechos de agua y operadores de máquinas registradoras autorizadas por el SII.

El SII publicó la Resolución 151, del 29 de diciembre de 2005, en la cual se explica que tales modificaciones al diseño del Formulario es necesario introducirlas a partir de la entrada en vigencia de regulaciones legales aprobadas en 2005 y cuyo acatamiento corresponde fiscalizar adecuadamente al SII.

Estos cambios están determinados por las siguientes situaciones:

  • Cobro de Pagos Provisionales Mensuales (PPM) obligatorios por concepto del impuesto específico a la actividad minera, originado por la entrada en vigencia de Ley 20.026 y el universo de contribuyentes afectados son los explotadores mineros cuyas ventas anuales excedan el equivalente a 12.000 toneladas de cobre fino.

  • Crédito por los pagos realizados por derechos de agua. Estos pueden ahora ser imputados como PPM u otros impuestos de retención o recargo declarados en el Formulario 29, una vez que se inicie la utilización del agua. Ello de acuerdo a lo establecido en la Ley 20.017 que modificó el Código de Aguas.

  • Desglose de las Notas de Crédito, diferenciando las emitidas por concepto de facturas de aquellas emitidas por anulación de ventas efectuadas mediante vales de máquinas autorizadas por el Servicio. Dicho desglose podrá efectuarse paulatinamente, hasta contar con la información correctamente clasificada, la cual será exigible a contar del segundo semestre del 2006.


Para efectos prácticos, aquellos contribuyentes-agentes económicos que no se vean afectados por los cambios introducidos, podrán utilizar el antiguo formulario hasta el 31 de marzo del 2006. A partir de abril de este año, las instituciones recaudadoras autorizadas sólo recibirán la versión en circulación a esa fecha, es decir, el nuevo formulario que estará impreso en color verde para diferenciarlo claramente.

Para visualizar el Formulario 29 modificado y ahora impreso en color verde, como también para acceder a las instrucciones de llenado, elegir y presionar en las siguientes opciones que a continuación se detallan.

Anverso Formulario N° 29
Reverso Formulario N° 29
Página 1 de instrucciones para llenar el Formulario 29
Página 2 de instrucciones para llenar el Formulario 29