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Las
empresas en general, por los ingresos provenientes de sus respectivas
actividades.
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El
empresario individual o socios de sociedades de personas que hayan
efectuado retiros en dinero o especies de las empresas.
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Trabajadores
activos, jubilados o montepiados que hayan percibido en el año 2002
renta de dos o más empleadores, habilitados o pagadores, simultáneamente.
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Profesionales
y personas que desarrollaron ocupaciones lucrativas independientes, por
los honorarios percibidos.
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Agricultores
que exploten un predio propio o en arrendamiento, de acuerdo con renta
presunta o efectiva.
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Mineros
de mediana importancia, de acuerdo con renta presunta o efectiva.
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Personas
que exploten vehículos motorizados destinados al transporte terrestre de
pasajeros o carga ajena, con renta presunta o efectiva.
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Trabajadores
dependientes y pequeños contribuyentes que recibieron dividendos de
acciones, intereses de depósitos y otras rentas de capitales mobiliarios
superiores a $587.780.
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Trabajadores
dependientes y pequeños contribuyentes que por venta de acciones de
sociedades anónimas obtuvieron un mayor valor superior a $587.780.
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Trabajadores
dependientes y pequeños contribuyentes que obtuvieron un mayor valor en
el rescate de cuotas de fondos mutuos superior a $881.670.
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Personas
que entreguen bienes raíces agrícolas en arrendamiento,
subarrendamiento, etc.
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Propietarios
y usufructuarios de bienes raíces no agrícolas (o sea vivienda u otros)
entregados en arrendamiento, subarrendamiento, etc., y cualquiera otra
explotación de dichos bienes efectuada por persona en una calidad
distinta. No quedan sujetos a impuesto y por ende a declaración, las
viviendas destinadas al uso del propietario y su familia y otras.
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Los
directores o consejeros de sociedades anónimas por las participaciones,
dietas u otras asignaciones percibidas durante el 2002.