Home Santiago, 30 de  Junio de 2005
Para incorporarse a nueva y más simple modalidad de tributación

Disponibles en www.sii.cl formularios del Sistema de Contabilidad Agrícola Simplificada


El Servicio de Impuestos Internos (SII) informa que están disponibles en www.sii.cl los formularios a utilizar por aquellos contribuyentes que hayan optado, o bien que vayan a hacerlo, por acogerse al Sistema de Contabilidad Agrícola Simplificada establecido en el Decreto 344, de 2004, e instruido en la Circular 51 del 20 de octubre de 2004.

El Decreto 344 estableció un sistema de contabilidad agrícola simplificada para declarar y pagar el Impuesto a la Renta, al cual pueden incorporarse los contribuyentes agricultores que cumplan con los requisitos de la Ley de Impuesto a la Renta para tributar a base de Renta Presunta.

La Circular 51, mediante la cual el SII emite instrucciones sobre el sistema de contabilidad agrícola simplificada, estableció tres formularios para efectos de declarar. Esos formularios están disponibles en la opción Formularios de la Oficina Virtual del SII y son los siguientes:

Formulario 3247: Denominado “Aviso de Incorporación al Régimen de Contabilidad Agrícola Simplificada en el caso de contribuyentes que recién inician actividades agrícolas”, que deben utilizar los agricultores iniciados a contar de enero de 2005 y que optan por acogerse al nuevo sistema de determinación de la renta a contar de su inicio.

Formulario NC92 : Denominado “Planilla sobre Sistema de Contabilidad Agrícola Simplificada establecida por el Decreto 344, de 2004, del Ministerio de Hacienda la cual no requiere ser timbrada por el SII”; se utiliza para determinar la base imponible o la pérdida del ejercicio de los agricultores acogidos a este sistema.

Formulario NC93 : Denominado “Declaración Jurada Anual Simple que acredita gastos incurridos en el desarrollo de la actividad agrícola” , en la cual deberá consignarse el detalle de los gastos incurridos en el periodo que no pueden acreditarse mediante documentos.

Características y ventajas del nuevo sistema

Este sistema simplificado de determinación de la base imponible efectiva, opera en base a parámetros propios del negocio agrícola. Los agricultores que se acogen al mismo disponen entonces de una renta demostrable, lo cual les representará una ventaja, por ejemplo, para acceder al sistema financiero y obtener créditos en mejores condiciones de pago.

El sistema de contabilidad simplificada les permitirá también rebajar de su base imponible las pérdidas cuando los resultados agrícolas sean deficientes, a la vez que tendrán la opción de rebajar como crédito del Impuesto Global Complementario al Impuesto de Primera Categoría. Ello incluso cuando a este tributo se le hayan imputado como crédito las contribuciones de bienes raíces.

Asimismo, para efectos tributarios no serán exigibles numerosos registros contables (por ejemplo, libro sobre Fondo de Utilidades Tributables, balance y otros), se libera de practicar inventarios, confeccionar balances, depreciar los bienes físicos y aplicar corrección monetaria, lo mismo que justificar sus activos y pasivos al momento de incorporarse.

Principalmente se le exigen los libros de Compras y Ventas (también necesario para el IVA) y el de Remuneraciones, cuando el número de trabajadores es igual o superior a cinco.