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21 de Octubre de 1999 |
Rechazado recurso de protección de Contadores: Corte Suprema Ratificó Legalidad de Resoluciones sobre Contabilidad Computacional |
En una decisión adoptada en forma unánime por los cinco integrantes del tribunal, la Sala Constitucional de la Corte Suprema ratificó en forma definitiva la legalidad de las resoluciones dictadas por el Servicio de Impuestos Internos respecto de la contabilidad computacional, particularmente en cuanto a condicionar la autorización para llevar dicha modalidad de sistema contable al compromiso de enviar al organismo informes y declaraciones tributarias vía Internet. Con su decisión, el máximo tribunal del país zanjó definitivamente el tema al confirmar un fallo anterior emitido también en forma unánime por la Corte de Apelaciones que había rechazado el recurso de protección presentado por el Colegio de Contadores de Chile en contra de las resoluciones del Servicio, las que según los recurrentes eran arbitrarias y habían sido adoptadas sin tener las facultades legales para ello. La determinación del Poder Judicial se considera un respaldo definitivo al desarrollo en nuestro país de la transmisión electrónica de datos, y a los esfuerzos del Servicio de Impuestos Internos por impulsar decididamente el uso de Internet con propósitos tributarios. En este sentido, el S.I.I. ya había anunciado que a contar del año 2000 todas las empresas que lleven su contabilidad por medios computacionales y que registren un volumen anual de ventas o servicios por sobre $500 millones deberán presentar sus declaraciones de IVA, las de Impuesto a la Renta y las Declaraciones Juradas con información asociada a la Operación Renta a través de Internet. Obligados a Declarar por Internet Cabe recordar que todos los contribuyentes que actualmente utilizan el sistema de hojas sueltas para la confección de su contabilidad y deseen seguir empleando este mecanismo, tienen plazo hasta el 30 de noviembre para solicitar la autorización. En caso de que no soliciten la autorización dentro de este plazo o ella les sea denegada, sólo podrán continuar utilizando sus sistemas hasta el 31 de Diciembre de 1999. |