¿CÓMO PAGAR EL IMPUESTO A TRAVÉS DE INTERNET?


Si usted realiza su declaración a través de Internet, puede pagar los impuestos que correspondan utilizando este mismo medio.

El Servicio de Impuestos Internos pone a su disposición las siguientes formas para pagar sus impuestos a la Renta dentro y fuera de plazo:

1) Pago en línea con tarjetas de crédito

2) Pago en línea con cargo a la cuenta corriente

3) Pago con mandato al banco para cargo en cuenta corriente

4) Pago al vencimiento (con mandato)

 

1) Pago en línea con tarjetas de crédito:

Usted puede cargar a su tarjeta de crédito Visa, Mastercard, Magna, American Express, Diners, Presto, Ripley, CMR Falabella, Tarjeta Más Paris, Tarjeta Jumbo Más o Tarjeta Más Easy el pago de las declaraciones de renta y el de las rectificatorias.

El pago de las declaraciones, dentro o fuera de plazo, será como un cargo normal, es decir, no generará cargo inmediato de intereses desde el día del pago, sino que después del vencimiento de la facturación, tal como sucede con las compras que realiza en el comercio. Sin embargo, el pago de giros asociados a las correcciones o rectificatorias de las declaraciones de renta implicará el pago inmediato de intereses desde el día en que se efectúa la transacción.

Para utilizar esta opción debe enviar su declaración vía Internet, luego elegir una opción de pago con el que reailzará la operación. Al hacer esto, entrará al sitio web de la tarjeta escogida. En ella, deberá ingresar los datos que la institución le solicita respecto de su tarjeta de crédito y el monto será cargado inmediatamente a su tarjeta de crédito. El proceso finalizará cuando se emita el Certificado Solemne de recepción de su declaración.

 

Convenios:

 

Presto

Ripley

Easy

Jumbo

Paris

CMR
  
 

2) Pago en línea con cargo a la cuenta corriente:

Entre las opciones que le aparecerán en pantalla una vez que usted haya enviado su declaración a través de Internet, estará la de cargar directamente el pago a su cuenta corriente, cuenta vista o chequera electrónica (dependiendo de la disponibilidad de servicio de cada banco). Para utilizarla, elija el banco con el que realizará la operación. Al hacer esto, ingresará al sitio WEB de su institución financiera y en ese sitio se le solicitará que ingrese la clave secreta con la cual usted opera en el sitio web de su banco. El pago de sus impuestos se descontará directamente de su cuenta y el proceso finalizará cuando vuelva al sitio sii.cl y se le emita un Certificado Solemne de Recepción de la declaración.

 

 

BCI Banco BCI Banco Edwards Banco edwards
TBanc Tanc Banco BICE Banco BCI
BancoEstado Banco Estado Banco BBVA BBVA
Scotiabank Scotiabank CitiBank
Banco de Chile Banco de Chile Security Banco Security
Banco Santander Santiago Banco Santarder Banco Itaú Chile Banco Itaú
Banco Internacional Banco Internacional Corp Banca Corpbanca
Banco Falabella Banco Falabella Banco HSBC

HSBC

 

3) Pago con mandato al banco para cargo en cuenta corriente:

Este sistema de pago no es en línea, es decir, la orden de pago se emite a través de internet pero la confirmación del cargo se demora 48 horas. Una vez que la institución financiera realice el pago, usted podrá obtener el Certificado de Recepción de la declaración.

Para utilizar este medio de pago debe suscribir un acuerdo con su banco. A través de un mandato que esta institución le pedirá que firme, usted la autorizará para cargar a su cuenta corriente sus impuestos, cada vez que usted elija la opción de Pago con mandato al banco para cargo en cuenta corriente. Así, después de enviar su declaración a través de Internet y si el convenio con el banco está activo, el montó será descontado de su cuenta corriente en el transcurso de las siguientes 48 horas. 

 

Los bancos que tienen convenio con el SII para operar con este tipo de pago son: 

BCI Banco Santander Santiago
Scotiabank BBVA
Banco Itaú Chile Corp Banca
Banco Security Banco Bice
Citibank BancoEstado
Banco de Chile Banco Edwards
Banco Internacional  

 

4) Pago al vencimiento (con mandato al banco):

Aquellos contribuyentes que cuentan con el mandato activo mencionado en el medio de pago anterior, podrán efectuar la declaración de renta y seleccionar una fecha posterior a su realización para el cargo en el banco a través de ese mandato. El SII considerará recibida la información sólo cuando dicho cargo se haga efectivo en el banco.