Sí, el APA puede ser prorrogado o
renovado, previo acuerdo escrito suscrito por el solicitante, el Servicio de
Impuestos Internos y el Servicio Nacional de Aduanas, cuando corresponda. Para
estos efectos el solicitante deberá presentar una solicitud de prórroga por
escrito, en la oficina de partes de la Dirección Nacional de este Servicio,
dirigida al Jefe de Departamento de Análisis de Riesgos Internacionales,
dependiente de la Subdirección de Fiscalización, con 6 meses de anticipación a
la terminación del acuerdo originalmente suscrito.
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