PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Bienes Raíces | Declaración sobre enajenación de bienes raíces | Sobre el llenado del formulario 2890

 Pregunta   ID:   001.004.0328.008  Fecha de Creación:   04/09/2003

¿Cómo se debe detallar la forma de pago en la Declaración sobre Enajenación e Inscripción de Bienes Raíces?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   26/12/2022

La forma de pago se registra en la sección monto de enajenación y forma de pago, para lo cual se tiene:

1.         PAGO AL CONTADO

Se debe registrar el monto pagado al contado a la fecha de la escritura pública en la Notaría. Para propiedades adquiridas con crédito o mutuo hipotecario, se entenderá por pago al contado sólo los valores que hayan sido entrados por el comprador equivalentes al pie exigido por el enajenante.

Si se trata de compraventas o adjudicaciones con subsidio habitacional, el monto del subsidio se debe incluir como pago al contado.

Este monto puede ser informado en pesos o en UF (entero más dos decimales). Con el sólo llenado de uno de los campos UF o PESOS, el campo que fue informado se calculará en forma automática, considerando el valor de la UF a la fecha de escritura.

 2.         PAGO FINANCIADO CON CRÉDITO.

Cuando exista un banco, institución financiera u otra persona natural o jurídica que otorga un crédito o mutuo hipotecario, se debe indicar el RUT del otorgante del crédito y el plazo otorgado.

Al registrar este RUT, el sistema en forma automática completará el campo nombre de la entidad asociada a dicho RUT.

En el campo “plazo” se debe indicar en meses, el número total de cuotas o dividendos a pagar.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, sección Normativa y Legislación, opción Circulares, en Circular N° 7  y opción Resoluciones, en Resolución N° 07, ambas de Enero del 2020.