En el caso de que la propiedad pertenezca a ambos
cónyuges, el registro de tasación indicará el nombre del primero de ellos
(registrado en la escritura) y la palabra "otra" u "otro".
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII,
sección Avalúos y contribuciones de bienes raíces, Ayudas, opción
Preguntas Frecuentes.
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