PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Bienes Raíces | Sobre los bienes raíces

 Pregunta   ID:   001.004.3444.007  Fecha de Creación:   23/09/2005

¿Cuál es el beneficio tributario que poseen las viviendas acogidas a la Ley Pereira?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   23/03/2023

Hasta el 31 de diciembre de 2015

El beneficio tributario de los bienes acogidos a la Ley Pereira se refiere a que no se presume que generan rentas cuando son utilizados por el propietario o su familia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20, N° 1, letra d), de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

A contar del 1° de enero de 2016

Se eliminan las reglas sobre el régimen de renta presunta al que podían quedar sujetos los contribuyentes que explotaran bienes raíces no agrícolas, contenidas en la anterior letra d), del N° 1, del artículo 20 de la LIR, según su texto vigente hasta el 31 de diciembre de 2015.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Ayuda, opción Aprenda Sobre..., Contribuyentes, Actividades Sujetas a Regímenes Especiales y Franquicias y en el menú Normativa y Legislación, opción Circular N° 37, de 2015, modificada por Circular N° 39, de 2016.