El avalúo fiscal es
el valor que el SII le otorga a una propiedad, en base a la normativa legal,
definiciones técnicas y tablas de valores vigentes, para efectos de la aplicación
del Impuesto Territorial. Está compuesto por la suma de los avalúos del
terreno y de las construcciones.
El
avalúo de terreno se determina multiplicando la superficie de terreno por el
valor unitario ($/m2) respectivo, de acuerdo con lo indicado en el plano de
valores de terreno que se encuentra en exhibición en la oficina del SII
correspondiente a la jurisdicción del bien raíz. El valor unitario de terreno
se obtiene multiplicando el valor por m2 de la zona donde se ubica la propiedad
por el factor de ajuste indicado en el plano, para la manzana predial en que se
ubique el predio.
El
avalúo de las construcciones se determina multiplicando la superficie de la
construcción por el valor unitario ($/m2) respectivo. Cada construcción es
tasada considerando su clase o material estructural y su calidad. El valor
unitario de la construcción se debe ajustar, además, por la antigüedad de la
edificación y condiciones especiales, como, por ejemplo, si corresponde a una
mansarda, subterráneo, piso zócalo, etc.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio
Web del SII,
menú Normativa y Legislación, opción
Resolución Exenta N° 132, de 2012 (para destino no habitacional) y
Resolución Exenta N° 108, de 2013 (para destino habitacional)
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