| ¿Para acoger una vivienda al DFL-2, el cálculo que debe hacerse es de los metros cuadrados útiles, sin contar los que ocupan las paredes, o los metros cubiertos que incluyen las paredes? 
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Para los efectos del DFL-2, son "viviendas económicas" las que se 
construyan, de conformidad a sus disposiciones y tengan una superficie edificada 
no superior a 140 metros cuadrados por unidad de vivienda. Las condiciones para 
que una vivienda sea acogida al DFL-2 las determina el Ministerio de Vivienda y 
Urbanismo (MINVU), quien a través de las Direcciones de Obras Municipales le 
otorgan los permisos y recepciones finales, acogiendo las edificaciones a este 
decreto. Es así 
como en la Circular Ordinaria N° 300 (DDU 110) del MINVU, se imparten las 
instrucciones para calcular las superficies edificadas de las construcciones. El 
SII sólo aplica un beneficio tributario a las viviendas que han sido acogidas al 
DFL-2 en su permiso de edificación, que debe ser reducido a escritura pública, 
pero no tiene la facultad de dar el carácter de DFL-2 a una vivienda. |