No, ni la bodega ni el estacionamiento
son considerados como propiedades con destino habitacional, puesto que su
destino no es habitar (vivir) en ellos, sino que el destino es servir de
almacenaje, en el caso de la bodega, y de estacionamiento, en el caso restante.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en
el sitio Web del SII, en Servicios online, menú Avalúos y contribuciones de
bienes raíces, opción Ayudas.
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