En
aquellos casos que se presenten al conservador para su inscripción en el
registro respectivo, escrituras otorgadas con anterioridad a la implementación
del F2890 en línea, cuenten o no, con F2890 en papel, el conservador deberá
registrar los datos de la escritura, creando un nuevo F2890 en línea,
registrando los datos de inscripción simultáneamente.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII,
sección Normativa y Legislación,
Circular N° 7
y
Resolución N° 07,
ambas de Enero del 2020. |