Una empresa autorizada para emitir Boletas Electrónicas, de ventas y servicios, ¿Puede emitir documentos tributarios no electrónicos o manuales?

ID: 001.380.6214.005
Fecha de creación: 12/03/2012
Fecha de actualización: 10/12/2024

El contribuyente que tenga autorizada la boleta electrónica de ventas y servicios debe emitir toda su documentación de manera electrónica en la sucursal o establecimiento en que emite boletas electrónicas, salvo en los casos y circunstancias de contingencia justificada, que impidan una emisión normal de la boleta electrónica, el contribuyente podrá emitir este documento de forma manual.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, Sección Servicios online, menú Boleta de Ventas y Servicios Electrónica.