¿Después de obtener la autorización de los documentos en formato papel por internet, debo llevarlos a que le pongan el timbre físico en la oficina del SII?

ID: 001.380.8863.001
Fecha de creación: 22/07/2025
Fecha de actualización: 22/07/2025

Una vez que obtienes la autorización de los documentos en formato papel a través de la página web del SII, no es necesario llevarlos a la oficina del SII para que les pongan el timbre de cuño*. La autorización web es válida y luego descarga un comprobante que debe permanecer visible en tu local y/o a disposición de los funcionarios del SII que pudieran requerirlo.

*Cabe señalar que según la RESOLUCIÓN EX. SII N° 113 de 2021 los documentos tributarios en formato papel no requerirán de la aposición física del timbre de cuño y, su autorización constará en los sistemas del SII.