Ley N° 21.242, de junio de 2020, estableció la
obligatoriedad en la emisión de boletas de honorarios electrónicas, a partir del
1 de enero de 2021 para aquellos contribuyentes que hayan emitido este
documento tributario en formato electrónico hasta el 23 de junio de 2020, y a
partir del 1 de julio de 2021 para todos los demás casos.
Respuesta anterior:
Sí, es posible reemplazar una boleta de honorarios emitida en papel por una Boleta de Honorarios Electrónica,
siempre y cuando la boleta emitida en papel esté nula y, además, se cuente con todos los ejemplares de ella.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del
SII, menú Normativa y legislación, opción
Resolución
Exenta N° 83, de 2004.
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