Según lo establecido en el artículo 8 de la Ley N° 21.242, el subsidio que se
descuenta de la suma a reintegrar tiene un tope de $100.000 por cada solicitud
presentada y dependerá del tramo de ingresos del contribuyente, y se determinará
en la Operación Renta del año 2021, ya que se calcula sobre los ingresos
obtenidos durante el año 2020. A este subsidio sólo pueden optar los
contribuyentes con ingresos promedio en el año 2020 igual o inferior o a
$500.000.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII,
Normativa y Legislación, Resoluciones,
Resolución N° 63 de 2020.
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