PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Boletas de honorarios electrónicas | Beneficio a Trabajadores Independientes | Beneficio a Trabajadores Independientes

 Pregunta   ID:   001.120.7742.001  Fecha de Creación:   12/08/2020

¿Cuál es el monto de las cuotas anuales con las que se debe reintegrar el Beneficio?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   07/02/2023

La primera cuota anual será de un 10% del monto total otorgado y cada una de las tres cuotas anuales restantes, de un 30% del mismo. Sin embargo, cada cuota no podrá ser mayor del 5% de las rentas que forman parte de la declaración anual de impuesto a la renta del año que corresponda.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, Normativa y Legislación, Resoluciones, Resolución N° 63 de 2020.