Los documentos tributarios que emiten los
            contribuyentes, tales como Facturas, Guías de Despacho, Boletas de
            Ventas y Servicios, etc., deben estar previamente autorizados por el SII. En general, deberán llevar impreso los siguientes
            antecedentes:
            
             
              - 
                
Nombre completo o razón social del contribuyente emisor.   
              - 
                
Número de RUT.   
              - 
                
Dirección del
                establecimiento y de sus sucursales, si las tuviese.   
              - 
                
Comuna o nombre del lugar, según corresponda.   
              - 
                
Giro del negocio.   
              - 
                
Número de teléfono y casilla, cuando ello corresponda.   
              - 
                
Numeración correlativa. En     |