No existe un plazo especial para emitir las Notas de Créditos por operaciones exentas de IVA, por lo que deben
regirse por la normativa general aplicada en esta materia, y que está
contenida en el artículo 57 de la
Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y
legislación, Resoluciones, opción
Resolución Exenta
Nº 6080, de 1999.
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