PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Documentos tributarios | Boletas | Boleta de prestación a servicios a terceros | Emisión

 Pregunta   ID:   001.012.1178.007  Fecha de Creación:   18/03/2004

¿Qué documento tributario debe emitirse a una empresa, por concepto de servicios personales, si no se cuenta con Boletas de Honorarios?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   30/08/2023

Si una persona no cuenta con Boletas de Honorarios y se debe emitir un documento tributario ante una empresa por la realización de servicios personales, debe preocuparse de que sea la empresa la que emita el documento respectivo, el que recibirá la denominación de Boleta de Prestación de Servicios de Terceros.

Para regularizar esta situación excepcional, el profesional debe efectuar su inicio de actividades por internet, a través de la aplicación dispuesta para tal efecto en la página web del SII, sección Servicios online, menú Rut e Inicio de actividades, Inicio de actividades, opción Iniciar actividades, lo cual le permitira la emisión de sus propias boletas de honorarios electrónicas. De esta forma, será el propio prestador de los servicios personales quien emita sus documentos tributarios y no la empresa que recibe el servicio.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y legislación, Resoluciones, opción Resolución N° 551, de 1975.