Para comprar con factura, un comerciante debe exhibir su RUT. Si los comerciantes son
personas naturales, deberán portar la Cédula de Identidad, pues reemplaza al Rut.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio
Web del SII, menú Normativa y legislación, Resoluciones, opciones
Resolución
Exenta N° 6289, de 1998,
Resolución
N° 51,
Resolución N° 52 y
Resolución
N° 66, todas del 2015. |